Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
12-12-2016

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161212-34

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Colmenar Viejo. Organización y funcionamiento. Estructura organizativa

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 44 del Real Decreto 2568/1986, se hace público, resumidamente, el contenido de los acuerdos del Pleno y resoluciones de Alcaldía-Presidencia en las siguientes materias:

Primero. Junta de Gobierno.—Presidida por el alcalde, don Jorge García Díaz.

Estará formada por los siguientes miembros: don Carlos Blázquez Rodríguez, doña María de los Remedios Hernán García, doña Ana Belén Colmenarejo Collado, doña Carolina Calvo García, don César Miguel de la Serna Moscol, don Juan José Serrano Cadahía y doña Lourdes Navas de la Morena.

Segundo. Delegación de Alcaldía en las diferentes áreas.—Se define una nueva estructura organizativa a partir de una Tenencia de Alcaldía, a la que se delegan facultades decisorias en las siguientes áreas:

— Primera Tenencia de Alcaldía:

• Festejos, Cultura y Turismo.

• Educación, Deportes, Juventud e Infancia.

• Familia, Protección social, Igualdad de Oportunidades y Sanidad.

• Seguridad Ciudadana, Movilidad y Medio rural.

• Medio Ambiente, Economía y Asuntos taurinos.

• Obras y Servicios Públicos y Atención Ciudadana e Innovación.

Ha sido nombrado teniente de alcalde don Carlos Blázquez Rodríguez.

Asimismo, se han conferido delegaciones en los términos previstos en el artículo 43, apartado 5.b) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales:

— Concejalía de Gobierno de Hacienda y Recursos Humanos: doña Ana Belén Colmenarejo Collado.

— Concejalía de Gobierno de Festejos, Cultura y Turismo: doña María Remedios Hernán García.

— Concejalía de Gobierno de Familia, Protección Social, Igualdad de Oportunidades y Sanidad: doña Carolina Calvo García.

— Concejalía de Gobierno de Educación, Deportes, Juventud e Infancia: doña Lourdes Navas de la Morena.

— Concejalía de Gobierno de Medio Ambiente, Económica y Asuntos Taurinos: don César Miguel de la Serna Moscol.

— Concejalía de Gobierno de Seguridad Ciudadana, Movilidad y Medio Rural: don Juan José Serrano Cadahía.

— Concejalía de Gobierno de Obras y Servicios Públicos y Atención Ciudadana e Innovación: don Agustín Francisco de la Fuente Jiménez.

Tercero.—De conformidad con lo previsto en el artículo 75 apartado 5 de la Ley de Bases de Régimen Local los cargos con dedicación exclusiva y parcial que han sido determinados por el Ayuntamiento Pleno son los siguientes:

Retribución:

— Alcaldía-Presidencia: 54.999,98 euros/año.

— Tenencia de Alcaldía: 54.651,10 euros/año.

— Concejalías de Gobierno:

• Hacienda y Recursos Humanos: 51.554,44 euros/año.

• Cultura, Festejos y Turismo: 51.554,44 euros/año.

• Educación, Deportes, Juventud e Infancia: 51.554,44 euros/año.

• Familia, Protección Social, Igualdad y Sanidad: 51.554,44 euros/año.

• Medio Ambiente, Economía y Asuntos taurinos: 51.554,44 euros/año.

• Obras y Servicios públicos, Atención Ciudadana e Innovación: 51.554,44 euros/año.

Cuarto.—Han sido nombrados funcionarios eventuales previa determinación de su régimen y retribuciones por el Pleno Municipal:

Responsable jefe del Gabinete de Alcaldía (código 1/002 RPT):

— Señor García Pastor.

Retribuciones fijas anuales brutas: 52.818,92 euros.

Responsable de Comunicación y Prensa (código 1/001 RPT):

— Señora Santos Berrocal.

Retribuciones fijas anuales brutas: 41.708,00 euros.

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y siguientes de la Ley de Bases de Régimen Local.

Colmenar Viejo, a 28 de noviembre de 2016.—El alcalde-presidente, Jorge García Díaz.

(03/41.881/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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