Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
01-12-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161201-76

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

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Madrid número 32. Procedimiento 644 de 2015-01, notificación a don Marek Eugeniusz Karczewski

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSÉ FRANCISCO RAMOS ALONSO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 644/2015 - 01 E de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de CLARA ARGENTINA TOMAS AZORIN frente a D./Dña. MAREK EUGENIUSZ KARCZEWSKI sobre Cuenta de abogado se ha dictado la siguiente resolución :

DECRETO

En Madrid, a tres de noviembre de dos mil dieciséis.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por CLARA ARGENTINA TOMAS AZORIN, se presentó reclamación de los honorarios adeudados por su defendido D./Dña. MAREK EUGENIUSZ KARCZEWSKI, en relación a su actuación en el Procedimiento Ordinario 1576/2008.

SEGUNDO.- El deudor fue requerido, para que, en el plazo de diez días, pagara la cantidad reclamada 189,07, o impugnara la minuta; ha transcurrido el plazo sin que se haya efectuado el pago ni presentado oposición, no habiendo sido hallado por lo que se le notificó el requerimiento a través del tablón de anuncios del juzgado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- No habiéndose formulado oposición dentro del plazo establecido, ni abonado la cantidad reclamada, procede, para posibilitar lo dispuesto en el art. 35.3 LEC, acordar la terminación del presente expediente y dar traslado al abogado para que inste, en legal forma, el despacho de ejecución (arts. 549.2 y 551 LEC).

PARTE DISPOSITIVA

Procédase al archivo de la presente cuenta de abogado instada por CLARA ARGENTINA TOMAS AZORIN, frente al D./Dña. MAREK EUGENIUSZ KARCZEWSKI, determinándose como cantidad debida por éste la suma de 189,07.

Dese traslado al referido Abogado para que inste, en legal forma, el despacho de ejecución, bastando la mera solicitud y la identificación de la presente.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno, pero que no prejuzga, ni siquiera parcialmente, la sentencia que pudiera recaer en juicio ordinario ulterior.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. JOSÉ FRANCISCO RAMOS ALONSO

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. MAREK EUGENIUSZ KARCZEWSKI , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a tres de noviembre de dos mil dieciséis .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/39.380/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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