Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
23-11-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161123-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 28

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Madrid número 28. Procedimiento 113 de 2016, notificación a doña Alba Esther López González

EDICTO

Doña Eva María Luna Mairal, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de divorcio entre don Mauro Ríos Aparicio, representado por el procurador don Antonio Esteban Sánchez, contra doña Alba Esther López González, en ignorado paradero, en el que por resolución del día de hoy se ha acordado notificar la sentencia de 29 de septiembre de 2016 que se incorpora a doña Alba Esther López González, por medio de edictos.

Sentencia número 293 de 2016

En Madrid, a 29 de septiembre de 2016.—La magistrada-juez, doña Emilia Marta Sánchez Alonso.

Vistos por la ilustrísima señora doña Emilia Marta Sánchez Alonso, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 28 de los de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al divorcio contencioso número 113 de 2016, a instancias de don Mauro Ríos Aparicio, representado por el procurador don Antonio Esteban Sánchez, asistido de letrado, contra doña Alba Esther López González, declarada en situación de rebeldía procesal, en base a los siguientes.

Fallo

Que estimando como estimo la demanda formulada por el procurador señor Esteban Sánchez, en nombre y representación de don Mauro Ríos Aparicio, contra doña Alba Esther López González, debo declarar y declaro disuelto su matrimonio por divorcio con todos los efectos legales inherentes a tal declaración.

Todo ello sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Una vez firme, comuníquese esta sentencia a las oficinas del Registro Civil en que conste la inscripción del matrimonio de los sujetos del pleito.

Notifíquese la presente resolución a las partes observando lo prevenido en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en la disposición adicional decimoquinta introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Madrid.

Y para que así conste y sirva el presente de notificación de sentencia en legal forma a la demandada doña Alba Esther López González, y para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 29 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/39.507/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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