Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
18-11-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161118-183

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

183
Madrid número 29. Ejecución 120 de 2015, notificación a Grupo Mundoprint, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 120/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ESPERANZA DIZ SANCHEZ frente a GRUPO MUNDOPRINT SL sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución :

Se decreta el embargo de 356 acciones de BANCO POPULAR propiedad de la ejecutada GRUPO MUNDOPRINT SL hasta cubrir la cuantía que resulta pendiente 89.964,26 euros de princpal.

Notifíquese a quien resulte obligado al pago o a la entidad emisora y al órgano rector, en su caso, con el requerimiento de que, a su vencimiento, o en el supuesto de no tenerlo, en el acto de recibir la notificación, se retenga, a disposición de este Juzgado, el importe o el mismo valor o instrumento financiero, así como los intereses o dividendos que, en su caso, produzcan.

Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO MUNDOPRINT SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/37.359/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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