Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
15-11-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161115-259

Páginas: 3


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

259
Madrid número 32. Procedimiento 21 de 2015, notificación a Provinen Servicios, S. L. y otras

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSÉ FRANCISCO RAMOS ALONSO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 21/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MONICA LABRADOR CARMONA frente a FAURECIA ASIENTOS PARA AUTOMOVIL ESPAÑA SA, GESTION SINERGICA DE SERVICIOS, JARC MANTENIMIENTO SL, PROVINEN SERVICIOS, SL y SABICO SERVICIOS AUXILIARES SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución :

ACTA DE CONCILIACION

En Madrid, a veinte de octubre de dos mil dieciséis

Siendo el día y la hora señaladas para la celebración del intento de conciliación previo al juicio oral, ante mí, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia D./Dña. JOSÉ FRANCISCO RAMOS ALONSO del Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid COMPARECEN:

Como demandante/s: D./Dña. MONICA LABRADOR CARMONA con DNI 50188220N.

Asistido de: Mª Isabel Mateos Guerrero nº col 67081, con número de colegiado .

Como demandado/s: JARC MANTENIMIENTO SL, No comparece constando debidamente citado.

GESTION SINERGICA SERVICIOS SL, No comparece constando debidamente citado.

PROVINEN SERVICIOS, SL No comparece constando debidamente citado.

FAURECIA ASIENTOS PARA AUTOMOVIL ESPAÑA SA representado por D. Jorge Juan Sanz Levia nº col 121507, según apoderamiento apud acta que consta en autos.

SABICO SERVICIOS AUXILIARES SL representado por D. Ramón López García, nº col 28287, en virtud de poder autorizado ante el Notario D. José María Segura Zurbano en fecha 12/09/2003, número de protocolo 2.440.

Iniciado el acto, se advierte a las partes de sus respectivos derechos y obligaciones, exhortándoles para que lleguen a un acuerdo amistoso que se obtiene en los siguientes términos:

En primer lugar la actora desiste de JARC MANTENIMIENTO SL ahora NETEGES PORTERIA, y de PROVINEN SERVICIOS SL, y de GESTIÓN SINÉRGICA DE SERVICIOS SL.

Asimismo la actora desiste de FAURECIA ASIENTOS PARA AUTOMOVILES ESPAÑA S.A, condicionado al pago de la indemnización por SABICO SERVICIOS AUXILIARES SL.

Asimismo con carácter previo, la actora acepta las causas de su despido objetivo con fecha de efectos de 30/11/14, no estando conforme con la indemnización al existir un error en la misma.

A la vista de lo anterior, SABICO SERVICIOS AUXILIARES SL, ofrece complementar la indemnización percibida por la trabajadora con otros 10.000 € netos que le serán abonados, en el plazo de 5 días, mediante transferencia en la cuenta en que percibía sus nóminas.

La trabajadora acepta y manifiesta que con el percibo de la citada cantidad quedará liquidada, saldada y finiquitada la relación laboral, sin nada más que reclamar.

Se notifica en este acto a las partes la resolución del día de la fecha aprobando la conciliación, haciéndoles saber que frente a ella no cabe recurso, sin perjuicio de lo prevenido por el art. 84.6 Ley Reguladora de la Jurisdicción Social sobre impugnabilidad.

S.Sª., el Letrado/a de la Admón. de Justicia, APRUEBA LA AVENENCIA alcanzada por las partes, dando por concluido el acto y procede a continuación a dictar el Decreto de aprobación, extendiéndose la presente acta que firman los asistentes de lo que doy fe.

DECRETO

En Madrid, a veinte de octubre de dos mil dieciséis.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: Con fecha 02/01/2015 se presentó la demanda de la que trae causa el presente decreto, tomándose las resoluciones precisas para su tramitación.

SEGUNDO: Con fecha 20/10/16 se ha formalizado, en acta y en esta Sala, conciliación entre las partes en los términos que figuran en dicha acta, que se da íntegramente por reproducida.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO.- Conforme a lo previsto en el artículo 84, apartado 2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, si las partes alcanzan un acuerdo, siempre que no sea constitutivo de lesión grave para alguna de las partes, fraude de ley o abuso de derecho, se dictará decreto aprobándola y se acordará el archivo de las actuaciones.

En consecuencia, habiéndose obtenido avenencia entre las partes y no apreciándose lesión grave para alguna de ellas, fraude de ley ni abuso de derecho, procede la aprobación del Acuerdo alcanzado por las partes.

PARTE DISPOSITIVA

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha 20/10/16, en los términos siguientes:

En primer lugar la actora desiste de JARC MANTENIMIENTO SL ahora NETEGES PORTERIA, y de PROVINEN SERVICIOS SL, y de GESTIÓN SINÉRGICA DE SERVICIOS SL.

Asimismo la actora desiste de FAURECIA ASIENTOS PARA AUTOMOVILES ESPAÑA S.A, condicionado al pago de la indemnización por SABICO SERVICIOS AUXILIARES SL.

Asimismo con carácter previo, la actora acepta las causas de su despido objetivo con fecha de efectos de 30/11/14, no estando conforme con la indemnización al existir un error en la misma.

A la vista de lo anterior, SABICO SERVICIOS AUXILIARES SL, ofrece complementar la indemnización percibida por la trabajadora con otros 10.000€ netos que le serán abonados, en el plazo de 5 días, mediante transferencia en la cuenta en que percibía sus nóminas.

La trabajadora acepta y manifiesta que con el percibo de la citada cantidad quedará liquidada, saldada y finiquitada la relación laboral, sin nada más que reclamar.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a ella no cabe recurso sin perjuicio de lo prevenido por el art. 84.6 LRJS sobre impugnabilidad de la validez de la avenencia dentro de los treinta días siguientes a su celebración.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. JOSÉ FRANCISCO RAMOS ALONSO

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PROVINEN SERVICIOS, SL, GESTION SINERGICA DE SERVICIOS y JARC MANTENIMIENTO SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a veinte de octubre de dos mil dieciséis .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

JOSÉ FRACISCO RAMOS ALONSO

(03/36.880/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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