Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
14-11-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161114-140

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

140
Madrid número 14. Procedimiento 266 de 2016, notificación a XLR Producciones ahora (External Live Return, S. L.)

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Raquel Paz García de Mateos, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 266 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Antón Díez, frente a “Espiral Sociedad Cooperativa”, “Gestión de Centros Culturales, Sociedad Anónima”, y “XLR Producciones” (“External Live Return, Sociedad Limitada”), sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 5 de julio de 2016.

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha 5 de julio de 2016, en los términos siguientes:

La parte actora en primer lugar manifiesta su intención de desistir de su demanda, frente a las mercantiles “XLR Producciones” y “Gestión de Centros Culturales, Sociedad Anónima”.

Ambas partes reconocen que la relación laboral que les unía era de Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (TRADE) y se le ofrece en concepto de indemnización pro cese en la prestación de servicios, la cantidad de 9.000 euros netos, que se abonarán en nueve plazos iguales de 1.000 euros cada uno de ellos, el primero efectivo el 15 de julio de 2016 y los sucesivos los días 15 de los ocho meses consecutivos, siendo el último en el mes de marzo de 2017.

El número de cuenta de abono de los pagos es el siguiente IBAN ES20/0182/4027/ 27/0201650788.

El incumplimiento de cualquiera de los plazos conlleva la ejecución inmediata del total adeudado.

El trabajador acepta y manifiesta que con el percibo de dicha cantidad no tiene nada más que pedir ni reclamar a la empresa, comprometiéndose a desistir de la demanda de cantidad seguida en el Juzgado de lo Social número 37 de refuerzo, autos número 226 de 2016.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “XLR Producciones” ahora (“External Live Return, Sociedad Limitada”), en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/36.628/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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