Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
10-11-2016

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161110-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 21

101
Madrid número 21. Procedimiento 1.787 de 2016

EDICTO

Doña María Dulce Mariscal de Gante Ruzafa, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 21 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 1.787 de 2016 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Sentencia número 203 de 2016

En Madrid, a 6 de julio de 2016.—Doña María Teresa Abad Arranz, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 21 de Madrid, habiendo visto los autos del juicio sobre delitos leves número 1.787 de 2016 seguidos ante este Juzgado, por un delito de hurto, contra don Luis Ángel Jiménez Jumbo, con documento nacional de identidad número 51229602-T, nacido en Ecuador, el día 29 de marzo de 1994, hijo de Luis y Nancy, y contra doña María Herrera Montero, con documento nacional de identidad número 6598226-D, nacida en Madrid, el día 5 de septiembre de 1996, hija de Andrés y María del Rosario, siendo perjudicadas, “Bershka” y “Zara”, asistidas ambas por la letrada doña Cintya Ortiz Hornos, colegiada número 99.607, y en los que ha sido parte el ministerio fiscal, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que debo condenar y condeno don Luis Ángel Jiménez Jumbo, con documento nacional de identidad número 51229602-T, nacido en Ecuador, el día 29 de marzo de 1994, hijo de Luis y Nancy, como autor penalmente responsable de un delito leve de hurto, en grado de tentativa de los artículos 234.3 y 16 del Código Penal, ya descrito, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de dos meses, con una cuota diaria de 3 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de hasta treinta días de privación de libertad del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, así como a las costas procesales, en su caso.

Que debo condenar y condeno doña María Herrera Montero, con documento nacional de identidad número 6598226-D, nacida en Madrid, el día 5 de septiembre de 1996, hija de Andrés y María del Rosario, como autora penalmente responsable de un delito leve de hurto, en grado de tentativa de los artículos 234.3 y 16 del Código Penal, ya descrito, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de dos meses, con una cuota diaria de 3 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de hasta treinta días de privación de libertad del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, así como a las costas procesales, en su caso.

Hágase entrega definitiva de los efectos sustraídos a su legítimo propietario.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que habrá de presentarse en este Juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Así por esta mi sentencia, que se incluirá en el libro correspondiente y de la que se llevará constancia a la causa, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe estando celebrada audiencia pública.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Luis Ángel Jiménez Jumbo, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 4 de octubre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/36.020/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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