Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 268

Fecha del Boletín 
08-11-2016

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161108-27

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

27
Alcobendas. Régimen económico. Modificación ordenanzas fiscales

En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 252, de fecha 20 de octubre de 2016, fue publicado un anuncio correspondiente a la aprobación provisional del proyecto de modificación de las ordenanzas fiscales y precios públicos 2017.

En el párrafo delante del punto A) de dicho anuncio, no se ha actualizado la Ley 39/2015, motivo por el que se solicita la subsanación de dicho error.

Párrafo publicado:

“Los expedientes de los acuerdos de referencia se hallan expuestos al público en la Intervención de este Ayuntamiento (Departamento de Rentas y Exacciones), a fin de que los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 31 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo, puedan examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas contra los mismos, con sujeción a las normas que se indican a continuación:”.

Párrafo a sustituir:

“Los expedientes de los acuerdos de referencia se hallan expuestos al público en la Intervención de este Ayuntamiento (Departamento de Rentas y Exacciones), a fin de que los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puedan examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas contra los mismos, con sujeción a las normas que se indican a continuación:”.

Alcobendas, a 24 de octubre de 2016.—La subdirectora general de Rentas y Exacciones, Ana Isabel García Domingo.

(03/37.637/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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