Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 267

Fecha del Boletín 
07-11-2016

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161107-38

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID

OFERTAS DE EMPLEO

38
Humanes de Madrid. Ofertas de empleo. Bases auxiliares administrativos

Con fecha 11 de octubre de 2016, mediante resolución 186/2016, el señor alcalde-presidente ha resuelto:

Bases que han de regir en la convocatoria para la provisión en régimen de promoción interna por el sistema de concurso-oposición, 14 plazas de auxiliar administrativo, personal funcionario del Ayuntamiento de Humanes de Madrid, en aplicación de la disposición transitoria segunda del real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

1. Normas generales

1.1. Objeto de la convocatoria, normas generales y características de las plazas.

Se convocan pruebas selectivas para proveer, en régimen de promoción interna por el sistema de concurso-oposición, 14 plazas de Auxiliar Administrativo, referida a personal funcionario correspondiente a la Oferta de Empleo Público para el año 2016, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 191 de 11 de agosto de 2016.

En los aspectos no regulados en las presentes bases, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado; en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como por las Bases Generales para la Selección de Personal Laboral y Funcionario del Ayuntamiento de Humanes de Madrid, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 188, de 9 de agosto de 2002, así como por cualquier norma del ordenamiento jurídico aplicable.

La plaza que se convoca corresponde a Funcionario de Carrera, Escala Administración General, Subescala Auxiliar, Grupo C, Subgrupo C2.

Las bases que rigen la presente convocatoria se ajustan a lo dispuesto en la citada Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto Legislativo 5/2015, en cuanto al sistema selectivo, concurso-oposición, titulación necesaria, con valoración de los servicios efectivos prestados como personal laboral fijo, y pruebas selectivas superadas para acceder a dicha condición, mediante bases de selección publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID suplemento número 122, el 24 de mayo de 2006, para la selección de catorce Auxiliares Administrativos del Ayuntamiento de Humanes de Madrid, como personal laboral fijo. Convocándose el presente, con carácter excepcional y único, y con la amortización del puesto de personal laboral que resulte promocionado. Por cuanto se refiere al régimen retributivo, será el que se establece en el Presupuesto del Ayuntamiento para el puesto de trabajo convocado, cuya retribución consignada será la correspondiente al mismo bruto salarial anual para el puesto de personal laboral promocionado, todo ello, en cumplimiento del Acuerdo Definitivo de Mesa General de Negociación Común de Empleados Públicos del Ayuntamiento de Humanes de Madrid, de fecha 18 de enero de 2016, convalidado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de fecha 30 de mayo de 2016.

En cuanto al contenido del puesto, con carácter enunciativo, no cerrado ni exhaustivo, desempeñará la realización de funciones administrativas auxiliares en cada departamento, realizando las tareas que se determinen en los mismos, por lo que manejará herramientas informáticas, ofimáticas y telemáticas, así como los programas específicos de los distintos departamentos, así como el archivo, registro, la atención al público, la realización y atención de llamadas telefónicas, así como cualquiera otra, que se le pueda encomendar precisa para la buen marcha del servicio.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1. Para tomar parte en las pruebas selectivas será necesario:

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación del grupo C, subgrupo C2.

f) Pertenecer a la Plantilla de personal del Ayuntamiento de Humanes de Madrid como personal laboral fijo en situación de activo, desempeñando el puesto de trabajo convocado, con una antigüedad mínima de dos años en la Administración.

2.2. Todos los requisitos anteriores deben poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias.

3. Solicitudes

Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el impreso normalizado establecido por el Ayuntamiento de Humanes de Madrid, que les será facilitado gratuitamente en la Casa Consistorial (plaza Constitución, 1), haciendo constar en sus instancias, la plaza a la que optan, y que reúnen todas y cada una de los requisitos exigidos en la Base 2. La instancia se presentará, o en el Registro del Ayuntamiento (plaza Constitución, 1), en horario de lunes a viernes de nueve a trece treinta horas, o en las distintas formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de las publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. Las Bases íntegras se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. No existirán derechos de examen.

4. Admisión de aspirantes

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, e indicando la exposición nominal de la misma, cerrada y completa, en el tablón de edictos del Ayuntamiento. A su vez, determinará el lugar y fecha de valoración por el Tribunal del ejercicio, y la designación nominativa del Tribunal.

En dicha resolución, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación. El resto de resoluciones dimanantes del presente proceso, a partir de la citada resolución, serán publicadas exclusivamente en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Humanes de Madrid.

La citada lista provisional de admitidos quedará automáticamente elevada a definitiva, si en el citado anterior plazo no se presentaran reclamaciones.

5. Tribunal calificador

El Tribunal calificador estará compuesto de un Presidente (funcionario de carrera de administración pública del grupo del puesto que se convoca) y Secretario (el de la Corporación Municipal o funcionario municipal en que se delegue), más cinco vocales:

— Tres vocales funcionarios de carrera.

— Un vocal de la Junta de Personal.

— Un vocal funcionario de carrera de la Comunidad de Madrid.

Además de sus respectivos suplentes.

Todos los miembros anteriores, tendrán voz y voto.

6. Sistema de selección: concurso-oposición

La selección de los aspirantes se llevará a efecto mediante el sistema de concurso-oposición y constará de dos fases:

Primera fase.—Oposición.

Consistirá en una única prueba de carácter eliminatorio, que constará de un ejercicio consistente, en la presentación de la transcripción de un modelo de expediente administrativo original y actual, que verse sobre alguno, o parte de alguno de los temas publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, suplemento número 122, de 24 de mayo de 2006, para la selección de catorce Auxiliares Administrativos, como personal laboral fijo, y que tenga aplicación práctica en el Ayuntamiento de Humanes de Madrid.

El citado expediente deberá ser tramitado en Word, con la siguiente maquetación: en la primera página o portada en mayúsculas con letra calibri 12 y texto centrado, para el resto de páginas, con enumeración a pie de página en margen derecho, fuente arial 11, estilo sin espacio, texto justificado, sangría especial primera línea a 0,8, interlineado sencillo.

El citado expediente, que no excederá de diez folios transcritos, se presentará en papel por triplicado, y en soporte telemático, mediante una memoria USB, que contendrá dos archivos del mismo, uno en Word y otro en PDF, en el Registro del Ayuntamiento, (Plaza Constitución, 1), en horario de lunes a viernes de nueve a trece treinta horas, o en las distintas formas que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante escrito dirigido al Señor Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Humanes de Madrid, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos en el proceso.

Los aspirantes presentarán el ejercicio ante el tribunal, quien procederá a la valoración del mismo con relación a todos y cada uno de los requisitos exigidos anteriormente.

Este ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen la puntuación mínima de cinco puntos.

Segunda fase.—Concurso.

En esta fase, posterior a la fase de oposición y que no tendrá carácter eliminatorio, se valoran los méritos sobre la experiencia profesional y académica declarados y debidamente acreditados junto con la solicitud, debiendo aportarse copia de dichos documentos junto con los originales para su compulsa. Solo se valorarán los méritos de los aspirantes que no hayan sido eliminados en la fase de oposición.

Méritos valorables:

1. Por servicios prestados como empleado público en el puesto de Auxiliar Administrativo como grupo C2, en cualquier administración pública, 1 punto por cada tres años, hasta un máximo de 2 puntos. Acreditándose mediante certificado de servicios previos, vidas laborales de seguridad social, contratos, nóminas, certificaciones de empresa y cualquier otro documento acreditativo que juzgue el Tribunal.

2. Por tener una titulación superior a graduado escolar o equivalente 1,5 puntos. Siendo la puntuación máxima 1,5 puntos.

3. Solo se tomarán en consideración los cursos realizados en entidad pública o privada oficialmente reconocida, siempre que se entiendan relacionados con la actividad a desarrollar. Se valorarán los cursos realizados siempre que se acrediten documentalmente.

La puntuación máxima en el conjunto de este apartado no podrá exceder de 1,5 puntos.

Los cursos en los que se hace constar el número de horas lectivas se valorarán:

— De veinte a cuarenta horas lectivas: 0,15 puntos.

— De cuarenta y una a sesenta horas lectivas: 0,20 puntos.

— De sesenta y una a ochenta horas lectivas: 0,40 puntos.

— De ochenta y una a cien horas lectivas: 0,60 puntos.

— Más de cien horas lectivas: 0,80 puntos.

7. Calificación final

La calificación final vendrá determinada por la suma de la calificación del ejercicio de la oposición, más la puntuación obtenida en la fase de concurso, siendo el resultado final de dicha suma, la calificación final obtenida. El Presidente del Tribunal elevará propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes que haya obtenido la mayor puntuación en la calificación final del presente concurso-oposición. El Tribunal no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

8. Situaciones

El personal laboral fijo de plantilla que esté ocupando el puesto de trabajo que se convoca clasificado de funcionario, que no participe en la presente convocatoria, o que no supere la misma, o que por cualquier circunstancia no llegue a ser nombrado funcionario en el citado puesto, continuará en el desempeño de su puesto de trabajo como personal laboral fijo en las mismas condiciones y derechos que ostentaba como tal.

Contra el decreto aprobatorio de las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio ante la Alcaldía del Ayuntamiento de Humanes de Madrid, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

En Humanes de Madrid, a 11 de octubre de 2016.—El alcalde, José Antonio Sánchez Rodríguez.

(03/37.445/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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