Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
28-10-2016

Sección 4.150.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161028-177

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE MADRID NÚMERO 6

177
Madrid número 6. Ejecutoria 1.276 de 2013

EDICTO

Doña Teresa María Marinero Rivera, secretaria del Juzgado de vigilancia penitenciaria número 6 de Madrid:

Doy fe y testimonio: Que en el expediente número 1.453 de 2016 se ha dictado el presente auto, que en encabezamiento y parte dispositiva dice:

Auto

En Madrid, a 30 de septiembre de 2016.

Hechos:

I. Con fecha 18 de junio de 2015 este Juzgado de vigilancia penitenciaria dictó auto en el que aprobó el plan de ejecución elevado por el SGPYMA del CIS “Josefina Aldecoa” para que el penado don Juan Muñoz Saavedra cumpliera la pena de trabajos en beneficio de la comunidad a la que había sido condenado.

II. Con fecha 14 de junio de 2016 el SGPYMA del CIS “Josefina Aldecoa” ha informado a este Juzgado que el mencionado condenado se ha ausentado injustificadamente del trabajo durante más de dos jornadas laborales, habiendo cumplido mediante dicho plan y otros precedentes 89 de las 451 impuestas.

III. Del informe emitido por el SGPYMA del CIS “Josefina Aldecoa” se ha dado traslado al ministerio fiscal, el cual ha participado a este Juzgado, que procede declarar que el citado condenado ha incumplido la pena impuesta y por ello debe deducirse testimonio a los efectos oportunos, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.6 del Código Penal.

Parte dispositiva:

Se declara incumplida la pena de trabajos en beneficio de la comunidad impuesta al penado don Juan Muñoz Saavedra, dictada por el Juzgado de lo penal número 32 de Madrid (ejecutoria número 1.276 de 2013).

Líbrese testimonio de las presentes actuaciones y remítanse con atento oficio al Juzgado de lo penal número 32 de Madrid, que sustituyó la pena principal por la de trabajos en beneficio de la comunidad, con objeto de que por parte de dicho Tribunal se adopte la decisión más adecuada teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en este caso.

Notifíquese esta resolución al ministerio fiscal, al penado y al SGPYMA del CIS “Josefina Aldecoa”, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de reforma en el término de tres días y subsidiario o separado de apelación en el plazo de cinco días a resolver por el juez o Tribunal sentenciador en los términos previstos en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial.

Y para que conste y sirva de notificación de auto a don Juan Muñoz Saavedra, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido el presente.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.248/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.150.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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