Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
25-10-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161025-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

71
Madrid número 9. Ejecución 23 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María del Carmen Martín García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 23 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nelly Patricia Proaño Solís, frente a doña Aurora Gómez Gascón, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación del letrado de la Administración de Justicia, don Rafael Lozano Terrazas.—En Madrid, a 22 de febrero de 2016.

Por recibido en fecha 11 de junio de 2015 escrito presentado por la parte demandante, únase a las presentes actuaciones; y visto su contenido y el estado de las presentes actuaciones, no ha lugar a la práctica de la provisión de fondos solicitada por el perito judicial don Miguel Cuesta García.

Asimismo, no ha lugar, por el momento, a la realización en subasta pública de los bienes inmuebles embargados al resultar previsible que con su realización no se obtendría una cantidad de dinero que superara los gastos de la subasta y al haberse embargado por este mismo Juzgado en el procedimiento seguido bajo el número de ejecución 265 de 2013 una serie de bienes inmuebles propiedad de la ejecutada doña Aurora Gómez Gascón y del codemandado don Francisco Pedro García Muñoz.

Asimismo, se acuerda el embargo del sobrante que pudiera existir en la ejecución forzosa seguida en este mismo Juzgado bajo el número 265 de 2013 y respecto de la parte correspondiente a la codemandada doña Aurora Gómez Gascón.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al perito judicial designado.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Aurora Gómez Gascón, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/34.954/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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