Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
13-10-2016

Sección 2.111.100.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161013-46

Páginas: 2


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

Comisaría de Aguas

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Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Confederación Hidrográfica del Tajo. Concesión de aguas

Referencia local: 51066/05.

Por resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo de 16 de agosto de 2016, se otorga a “Nueva Valverde, Sociedad Anónima” (A83040808) la concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas con las características que se indican a continuación y con sujeción a las condiciones que figuran en la resolución citada.

Características del aprovechamiento

Titular: “Nueva Valverde, Sociedad Anónima” (A83040808).

Uso: abastecimiento y agropecuario.

Clasificación del uso:

— Abastecimientos fuera de núcleos urbanos. Apartado a) 2.a del artículo 49 bis del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

— Usos agropecuarios. Regadíos y ganadería. Apartado b) 1.a del artículo 49 bis del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

Volumen máximo anual (m3): 8.279.

Volumen máximo mensual (m3): 2.483.

Caudal máximo instantáneo (l/s): 1,73.

Procedencia de las aguas: subterráneas, acuífero.

Plazo: veinticinco años.

Título en que se funda el derecho: concesión otorgada por resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo de 16 de agosto de 2016.

Observaciones: los valores máximos característicos del aprovechamiento son limitativos. La suma de los volúmenes y caudales consumidos en todas las captaciones no deber superar los 8.279 m3 autorizados.

Número de captaciones: 2.

Número de usos: 2.

Características de las captaciones

Captación número 1:

Procedencia del agua: acuífero.

Masa de agua: no definida.

Tipo de captación: sondeo.

Volumen máximo anual (m3): 2.070.

Volumen máximo mensual (m3): 621.

Caudal máximo instantáneo (l/s): 0,43.

Diámetro sondeo (mm): 180.

Profundidad sondeo (m): 80.

Potencia instalada (CV): 2.

Localización de la captación:

— Topónimo: paraje “Camino Viejo de Cadalso” (finca “Tejoneras”).

— Término municipal: Villa del Prado.

— Provincia: Madrid.

— Polígono: 29.

— Parcela: 5.

— Coordenadas UTM ETRS 89; (X, Y): 385400; 4461352.

— Huso: 30.

Captación número 2:

Procedencia del agua: acuífero.

Masa de agua: no definida.

Tipo de captación: sondeo.

Volumen máximo anual (m3): 6.209.

Volumen máximo mensual (m3): 1.862.

Caudal máximo instantáneo (l/s): 1,30.

Diámetro sondeo (mm): 180.

Profundidad sondeo (m): 80.

Potencia instalada (CV): 4.

Localización de la captación:

— Topónimo: paraje “Camino Viejo de Cadalso” (finca “Tejoneras”).

— Término municipal: Villa del Prado.

— Provincia: Madrid.

— Polígono: 29.

— Parcela: 5.

— Coordenadas UTM ETRS 89; (X, Y): 385347; 4461534.

— Huso: 30.

Características de los usos

Uso número 1:

Tipo de uso: abastecimiento.

Clasificación del uso: abastecimientos fuera de núcleos urbanos. Apartado a) 2.a del artículo 49 bis del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

Consuntivo: sí.

Volumen máximo anual (m3): 8.279.

Volumen máximo mensual (m3): 2.483.

Localización:



Observaciones: los valores máximos característicos del aprovechamiento son limitativos. La suma de los volúmenes y caudales consumidos en todas las captaciones no debe superar los 8.279 m3 autorizados.

Uso número 2:

Tipo de uso: abrevadero de ganado cinegético.

Clasificación del uso: usos agropecuarios. Regadíos y ganadería. Apartado b) 1.a del artículo 49 bis del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

Consuntivo: sí.

Volumen máximo anual (m3): 8.279.

Volumen máximo mensual (m3): 2.483.

Superficie de riego (ha): 2,5.

Sistema de riego: goteo.

Tipo de cultivo: huerta y jardín.

Número de cabezas: ciervo (300), jabalí (100) y muflón (12).

Localización:



Observaciones: los valores máximos característicos del aprovechamiento son limitativos. La suma de los volúmenes y caudales consumidos en todas las captaciones no debe superar los 8.279 m3 autorizados.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 116 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 30 de abril).

En Madrid, a 16 de agosto de 2016.—El comisario de Aguas, Ignacio Ballarín Iribarren.

(02/31.684/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.111.100.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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