Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
30-09-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160930-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

110
Madrid número 2. Ejecución 56 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 56 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel del Toro Otero, frente a “Calor y Fluidos, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Acuerdo: Tener por terminado el presente procedimiento de ejecución número 56 de 2016, seguido a instancias de don Daniel del Toro Otero, frente a “Calor y Fluidos, Sociedad Limitada”.

Queda pendiente de cobro por la parte actora la suma de 93,05 euros en concepto de intereses, puesta a disposición por decreto de fecha 12 de julio de 2016, que es firme. Se advierte al actor que, transcurrido un año de la inicial puesta a disposición sin ser retirada, dicha cantidad se ingresará en la “Cuenta de depósitos provisionalmente abandonados”.

Constando un sobrante de 516,30 euros, acuerdo poner a disposición de la ejecutada la suma de 954,33 euros en concepto de sobrante, firme esta resolución, siendo los días de pago en esta oficina judicial los lunes y martes, de nueve y treinta a catorce horas, debiendo comparecer en esta Secretaría para retirar el mandamiento de pago o aportar el número de cuenta y acreditación de la titularidad, a fin de efectuar transferencia, acompañándose a esta resolución formulario para aportar el número de cuenta, que podrá ser enviado por fax o presentado en este Juzgado, firme esta resolución.

Cobrado el sobrante y los intereses, archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 188 y 189 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2500/0000/00/0998/14 del “Banco Santander”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Calor y Fluidos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.649/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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