Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 222

Fecha del Boletín 
16-09-2016

Sección 1.3.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160916-23

Páginas: 12


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS

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ORDEN de 15 de septiembre de 2016, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se aprueba la relación parcial de beneficiarios de las subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2015 mediante Orden de 19 de febrero de 2015.

Mediante Orden de 19 de febrero de 2015, de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid y se convocaron subvenciones para el año 2015.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6.2 y 17 de la mencionada Orden, esta Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras

HA DISPUESTO

Primero

Aprobar la relación parcial de beneficiarios de las subvenciones al alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid convocadas para el año 2015 mediante Orden de 19 de febrero de 2015, que estando incluidos en el listado definitivo de solicitantes admitidos, aprobado mediante Resolución de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de 17 de septiembre de 2015 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de septiembre de 2015), han presentado correctamente los recibos acreditativos del pago de la renta mensual conforme a lo dispuesto en los artículos 6.2 y 7.1 de la Orden de 19 de febrero de 2015 y cumplen los requisitos para tener derecho a la subvención establecidos en los artículos 2 y 12 de la misma.

En Anexo I a la presente Orden se establece la relación de beneficiarios con indicación del número de orden de prelación obtenido conforme a lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Orden de 19 de febrero de 2015, número de expediente de solicitud de ayuda, nombre y apellidos, DNI/permiso de residencia y cuantía máxima anual de la subvención a percibir.

En Anexo II a la presente Orden se establece la relación de solicitantes que estando incluidos en el listado definitivo de solicitantes admitidos, aprobado mediante Resolución de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de fecha 17 de septiembre de 2015, no han adquirido la condición de beneficiarios por no haber presentado correctamente los recibos acreditativos del pago de la renta mensual conforme a lo dispuesto en los artículos 6.2 y 7.1 de la Orden de 19 de febrero de 2015 o no cumplir los requisitos para tener derecho a la subvención establecidos en los artículos 2 y 12 de la misma.

Segundo

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructura, en el plazo de un mes, o directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computándose ambos desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 15 de septiembre de 2016.—El Consejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, PD (Orden de 20 de julio de 2015), el Director General de Vivienda y Rehabilitación, José María García Gómez.























(03/32.088/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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