Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 215

Fecha del Boletín 
08-09-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160908-26

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

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Madrid número 80. Procedimiento 463 de 2015

EDICTO

Doña Ángeles Garrigós Castejón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 80.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia divorcio contencioso número 463 de 2015 instados por el procurador don Javier Rumbero Sánchez, en nombre y representación de don Fernando Alberto Arango Rico, contra doña Adriana María Castrillón Patiño, en los que se ha dictado en fecha 30 de junio de 2016 sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Sentencia número 281 de 2016

En Madrid, a 30 de junio de 2016.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Dolores Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de los de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 463 de 2015, sobre divorcio, a instancias de don Fernando Alberto Arango Rico, representado por el procurador don Javier Rumbero Sánchez, contra doña Adriana María Castrillón Patiño, declarada en situación de rebeldía procesal, en base a los siguientes:

Fallo

Que, estimando la demanda formulada por el procurador señor Rumbero Sánchez, en nombre y representación de don Fernando Alberto Arango Rico, contra doña Adriana María Castrillón Patiño, debo declarar y declaro disuelto su matrimonio por divorcio, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.

Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días y previa acreditación de haber consignado el depósito que establece la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de la Reforma de la Legislación Procesal para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgado en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Adriana María Castrillón Patiño y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 30 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/30.392/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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