Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
27-07-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160727-187

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LLEIDA NÚMERO 2

187
Lleida número 2. Procedimiento 4 de 2016

EDICTO

Según lo acordado en los autos número 4 de 2016 seguidos en este Juzgado, a instancias de doña Vasilica Moldovan, contra “Transport System Worldwide, Sociedad Anónima”, en relación a demandas, por el presente se notifica a “Transport System Worldwide, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, la resolución dictada en los presentes autos de fecha 5 de junio de 2016, cuyo tenor literal de su parte dispositiva dice:

Fallo

Que estimando la demanda presentada por doña Vasilica Moldovan, contra “Transport System Worldwide, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, por despido, declaro la improcedencia del despido y condeno a la demandada a que en el plazo de cinco días opte entre la readmisión de la demandante en su puesto y con las mismas condiciones de trabajo y al abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta que la readmisión efectiva tenga lugar, a razón de 31,67 euros diarios, o el abono de una indemnización de 886,76 euros.

Se impone a la demandada el abono de los honorarios del letrado de la contraparte en 300 euros.

Absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de las responsabilidades subsidiarias de este última entidad que se puedan derivar de la insolvencia empresarial.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles de que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, recurso que deberá anunciarse, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de notificación de la sentencia, y si el recurrente es la empresa demandada, al tiempo de anunciar el recurso exhibirá resguardo acreditativo de la consignación en el “Banco Santander, Sociedad Anónima”, en la cuenta que a tal efecto tiene abierta con el número 3280/0000/61/0004/16 de la cantidad objeto de condena y 300 euros en la cuenta de este Juzgado número 3280/0000/65/0004/16, “Depósitos y suplicación”, todo ello en la oficina principal, sita en la calle Francesc Macià, números 43-45, de Lleida.

Expídase testimonio de la presente resolución, que se unirá a las actuaciones, y llévese el original al libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a la precitada, cuyo domicilio se desconoce, advirtiéndole que las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia, se harán en estrados, y para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos pertinentes, expido el presente edicto en Lleida, a 5 de julio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/26.492/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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