Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
20-07-2016

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160720-160

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

160
Madrid número 41. Procedimiento 1.220 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.220 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Elizabeth Rodríguez Domínguez, doña Dominica Tejeda Beriguete y doña Rosalía Yelissa Cabreja Reyes, frente a “Restaurante Urkiola Mendi, Sociedad de Responsabilidad Limitada” y don Miguel Ángel Peláez Hernández, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Se acuerda aclarar la sentencia número 116 de 2016, de fecha 21 de marzo de 2016, dictada en el presente procedimiento rectificando los errores materiales constatados, quedando del siguiente modo el hecho probado tercero y el fallo en lo que se refiere a la cantidad de indemnización de cada una de las trabajadoras:

Hecho probado tercero:

“La empresa comunicó el día 29 de octubre a las trabajadoras por escrito la extinción de la relación laboral por despido objetivo por causas económica reconociéndoles el derecho a percibir las indemnizaciones siguientes:

A doña Dominica Tejeda Beriguete: 12.877,55 euros.

A doña Cristina Elizabeth Rodríguez Domínguez: 7.491,82 euros.

A doña Rosalía Yelissa Cabreja Reyes: 5.400,93 euros.”

Fallo:

“A doña Dominica Tejeda Beriguete: 28.250,45 euros.

A doña Cristina Elizabeth Rodríguez Domínguez: 16.551,43 euros.

A doña Rosalía Yelissa Cabreja Reyes: 11.698,20 euros.”

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la sentencia a la que se refiere la aclaración.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Restaurante Urkiola Mendi, Sociedad de Responsabilidad Limitada, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/24.705/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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