Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
12-07-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160712-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 55

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Madrid número 55. Procedimiento ordinario 195 de 2012

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 195 de 2012, entre “Volkswagen Finance, Sociedad Anónima”, establecimiento financiero de crédito y doña Ana Isabel Rojas Acosta, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 123 de 2016

En Madrid, a 7 de junio de 2016.—El ilustrísimo señor don Jaime Maldonado Ramos, magistrado-juez titular del Juzgado de primera instancia número 55 de Madrid, ha visto el juicio ordinario seguido en este Juzgado con el número 195 de 2012, incoado a instancias de la sociedad mercantil “Volkswagen Finance, Sociedad Anónima”, establecimiento financiero de crédito (en lo sucesivo, Volkswagen), por el procurador don Antonio Barreiro-Meiro Barbero, asistida por el abogado con José Luis Pérez Ortiz, contra doña Ana Isabel Rojas Acosta (en lo sucesivo, doña Ana Isabel), declarada en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Antonio Barreiro-Meiro Barbero, en nombre y representación de la sociedad mercantil “Volkswagen Finance, Sociedad Anónima”, establecimiento financiero de crédito, contra doña Ana Isabel Rojas Acosta, debo:

1.o Condenar a la demandada a pagar a la sociedad mercantil demandante la cantidad de 9.250,82 euros, más sus intereses legales desde la fecha de la demanda y los previstos en el artículo 576.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de esta resolución.

2.o Imponer las costas del presente juicio a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles de que cabe interponer recurso de apelación contra ella en el plazo de veinte días desde su notificación. Adviértase a las partes de que para la interposición del recurso será necesario constituir depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado, así como de que el mismo devengará, en su caso, la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.

Así, por esta sentencia, lo acuerdo y firmo.—El magistrado-juez.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por el señor magistrado-juez que la suscribe, estando celebrando Audiencia Pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a doña Ana Isabel Rojas Acosta, en situación de rebeldía procesal, expido y firmo la presente en Madrid, a 14 de junio de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/24.132/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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