Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160711-176

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

176
Madrid número 27. Ejecución 296 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 296 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Roberto Durán Perna, frente a doña María del Pino Rodríguez Talavera y doña Yolanda Oñate Álvarez, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 1.068,96 euros de principal, 65 euros de intereses y 107 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de las ejecutadas doña Yolanda Oñate Álvarez y doña María del Pino Rodríguez Talavera, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y una vez firme hágase entrega de testimonio de la misma. Asimismo, expídase testimonio del acta de conciliación recaída en el presente procedimiento y del auto despachando ejecución a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial, procediendo posteriormente al archivo de las presentes actuaciones.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Roberto Durán Perna, doña Yolanda Oñate Álvarez y doña María del Pino Rodríguez Talavera, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/23.093/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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