Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
06-07-2016

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160706-39

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CENICIENTOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Cenicientos. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

El Pleno del Ayuntamiento de Cenicientos, en sesión extraordinaria celebrada el día 21 de junio de 2016, acordó la aprobación provisional de la imposición y la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por:

— Ordenanza fiscal reguladora del precio público por utilización de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos.

— Ordenanza fiscal reguladora del precio público por anuncio libro de fiestas.

— Ordenanza fiscal reguladora del precio público por celebración matrimonios civiles.

— Ordenanza reguladora tasa uso de locales e instalaciones municipales.

— Ordenanza reguladora tasa aprovechamiento especial del vuelo sobre la vía pública.

— Ordenanza reguladora tasa instalación de quioscos en la vía pública.

— Ordenanza reguladora tasa utilización edificios municipales.

— Ordenanza reguladora tasa colocación anuncios publicitarios en instalaciones locales.

— Ordenanza reguladora tasa ocupación espacio público con mesas, sillas, tribunas y tablados.

— Ordenanza reguladora de la tasa por licencias urbanísticas.

— Ordenanza reguladora de la tasa por licencias de apertura.

— Ordenanza reguladora de la tasa por tenencia de animales peligrosos.

— Ordenanza reguladora de la tasa por gestión de residuos de construcción y demolición.

— Ordenanza reguladora de la tasa por expedición de documentos, fotocopias, fax y voz pública.

— Aprobación de la tasa por servicio de cementerio

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

En Cenicientos, a 23 de junio de 2016.—La alcaldesa, Natalia Núñez Jiménez.

(03/23.786/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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