Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
15-06-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160615-189

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

189
Madrid número 36. Ejecución 56 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Angustias Caro Vida, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 56 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Claudia González Paz, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Shandrani, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Observándose de oficio que consta ingresada en la “Cuenta de consignaciones” la cantidad de 1.039,64 euros, puestos ya a disposición de la parte ejecutante y ejecutada en fecha 23 de febrero de 2016, se les apercibe de que conforme al artículo 14 del Real Decreto de Depósitos y Consignaciones, en caso de no comparecer en el plazo de un año desde la fecha de emisión del mandamiento, se transferirá a la “Cuenta de fondos provisionalmente Abandonados”, decretándose el archivo definitivo de la presente ejecutoria sin más trámite una vez cobradas las mismas, previa baja en el libro correspondiente.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2809/0000/64/0056/15.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Shandrani, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/19.433/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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