Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
03-06-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160603-162

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

162
Madrid número 18. Ejecución 96 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 96 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfonso García Hernando, doña Irene Mediavilla Terradillos y don Severiano Martín Muñoz, frente a “Administración Energética y Medioambiental, Sociedad Limitada”, “Hábitat Ecológico, Sociedad Anónima Unipersonal” y “Madrileña de Vehículos Terrestres e Industriales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña Pilar Ortiz Martínez.—En Madrid, a 11 de mayo de 2016.

Visto el estado de las presentes actuaciones, en revisión de autos se ha comprobado lo siguiente:

1. La presente ejecución se despachó por auto de ejecución de fecha 4 de mayo de 2015 para cubrir un principal total de 108.010,57 euros, más 18.000,00 euros para intereses y costas provisionales; del principal para cada trabajador le corresponde el siguiente principal:

— Para doña Irene Mediavilla Terradillos, 30.833,36 euros (su principal según sentencia, 33.399,86 euros - 2.566,50 euros puestos a su disposición el 13 de abril de 2015 = 30.833,36 euros).

— Para don Severiano Martín Muñoz, 34.601,75 euros (su principal según sentencia, 37.433,75 euros - 2.832 euros puestos a su disposición el 13 de abril de 2015 = = 34.601,75 euros).

— Para don Alfonso García Hernando, 42.565,46 euros (su principal según sentencia, 46.016,96 euros - 3.451,50 euros puestos a su disposición el 13 de abril de 2015 = 42.565,46 euros).

2. En fecha 6 de marzo de 2015 se presentó escrito por don Sebastián Nieto Sarrate en nombre y representación de “Madrileña de Vehículos Industriales, Sociedad Limitada”, con proposición de pago, comprometiéndose a abonar mensualmente una cantidad equivalente al 10 por 100 de su facturación, aportando un resumen de la facturación del año anterior 2014, indicando en ese escrito que con esa propuesta se vendría a pagar en un año (es decir, en el año 2015) la suma entre 45.000,00 euros y 50.000,00 euros.

Asimismo, en fecha 17 de marzo de 2015 se presentó escrito por don Sebastián Nieto Sarrate en nombre y representación de “Hábitat Ecológico, Sociedad Anónima Unipersonal”, con proposición de pago, comprometiéndose a abonar mensualmente una cantidad equivalente al 10 por 100 de su facturación, aportando un resumen de la facturación del año anterior 2014, indicando en ese escrito que con esa propuesta se vendría a pagar en un año (es decir, en el año 2015), la suma entre 55.000,00 euros y 60.000,00 euros.

Lo que sumarían entre las dos empresas más o menos la cantidad de 110.000 euros. Haciéndose constar que la proposición de pago aplazado no fue aceptada por los demandantes.

Es decir, que en el año 2015, y según estas propuestas de pago efectuadas en los escritos mencionados y presentados por don Sebastián Nieto Sarrate, administrador de las empresas ejecutadas “Madrileña de Vehículos Industriales, Sociedad Limitada” y “Hábitat Ecológico, Sociedad Anónima Unipersonal”, debería haberse pagado el total del principal, 108.010,57 euros, por el que se despachó la presente ejecución, si bien en revisión de autos consta que:

— En el año 2015 se ha conseguido la cantidad total de 31.943,89 euros (44,44 euros de embargos de cuentas de las ejecutadas, más 31.899,45 euros consignado por las empresas ejecutadas, sin ajustarse a los plazos propuestos).

— En el año 2016, hasta el 29 de abril de 2016, se ha conseguido la cantidad total de 16.611,78 euros (10.496,17 euros conseguido del embargo acordado por este Juzgado del sobrante en el Juzgado de lo social número 8, más 15,91 euros de embargos de cuentas de las ejecutada, más 6.100,00 euros consignado por las empresas ejecutadas) sin ajustarse a los pagos propuestos.

A la vista de lo manifestado por don Sebastián Nieto Sarrate, administrador de las empresas ejecutadas “Madrileña de Vehículos Industriales, Sociedad Limitada” y “Hábitat Ecológico, Sociedad Anónima Unipersonal”, en los escritos de pago aplazado y del incumplimiento en lo propuesto en los mismos y faltando aún para cubrir el total del principal, la cantidad de 58.914,90 euros, más 18.000,00 euros de intereses y costas provisionales, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 631 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre la constitución de administración judicial, se cita a las partes para el día 11 de julio de 2016, a las diez horas de su mañana, a comparecencia, en la Sala de audiencias de este Juzgado sita en la quinta planta, Sala 5.1, a fin de que lleguen las partes a un acuerdo o efectúen alegaciones y prueba oportunas sobre el nombramiento de administrador, designen persona que deba desempeñar tal cargo, exigencia o no de caución, forma de actuación, rendición de cuentas y retribución procedente, debiendo comparecer con los medios de prueba de que intenten valerse a la Sala de vistas de este Juzgado, advirtiéndoles de que si no asisten se celebrará el acto sin su presencia, y se los tendrá por conformes con lo acordado por los comparecientes.

3. Se requiere a don Sebastián Nieto Sarrate, administrador de las empresas ejecutadas “Madrileña de Vehículos Industriales, Sociedad Limitada” y “Hábitat Ecológico, Sociedad Anónima Unipersonal”, para que aporte y presente al acto de incidente/comparecencia señalado para el 11 de julio de 2016 la siguiente documentación de las empresas ejecutadas “Madrileña de Vehículos Industriales, Sociedad Limitada” y “Hábitat Ecológico, Sociedad Anónima Unipersonal”:

— Las cuentas anuales, oficiales, formales y que pertenezcan a las empresas ejecutadas, de los años 2014 y 2015.

— Los libros de visitas oficiales de las empresas ejecutadas de los años 2014 y 2015.

— El resumen de facturación oficial de los años 2014 y 2015.

— Las declaraciones de IVA y/o declaraciones de IRPF del año 2014 y 2015.

Bajo apercibimiento de que, en caso de no aportar los documentos requeridos, se le podrá imponer multa coercitiva.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Administración Energética y Medioambiental, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/19.236/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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