Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
03-06-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160603-141

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

141
Madrid número 14. Procedimiento 542 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 542 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Romero Salazar, frente a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 276 de 2016

En Madrid, a 3 de mayo de 2016.—Vistos por mí, don José Lara Astiaso, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos del orden social de la jurisdicción en materias laborales individuales, registrados bajo el número 542 de 2015, entre las siguientes partes: don Antonio romero Salazar, como demandante, asistido por el letrado don Juan Lozano Gallen, y como demandados, “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial que citados no comparecen, se procede a dictar sentencia sobre la base de lo siguiente:

Fallo

De acuerdo con lo expuesto en esta sentencia: Estimo la demanda promovida por don Antonio Romero Salazar, contra “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, y en virtud de la estimación, condeno a esta empresa codemandada a abonar al actor la suma de 2.195,12 euros en concepto de deudas salariales, más el interés del 10 por 100 anual devengado por esta suma desde la fecha del devengo.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe recurso alguno.

Por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado-juez de lo social que la firma estando celebrando audiencia pública, de lo que yo, la secretaria, doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/17.804/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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