Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
30-05-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160530-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

73
Madrid número 80. Procedimiento 992 de 2015

EDICTO

Doña Ángeles Garrigós Castejón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 992 de 2015, instados por la procuradora doña Sonia María Casqueiro Álvarez, en nombre y representación de don Vasile Antoniu Mustata, contra doña Nicolicea Livia, en reclamación de adopción de medidas paterno-filiales (guarda y custodia de hijos contenciosa), en los que se ha dictado en fecha 3 de mayo de 2016 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Sentencia número 170 de 2016

En Madrid, a 3 de mayo de 2016.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Dolores Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 992 de 2015, sobre juicio verbal de relaciones paterno-filiales, promovido por don Vasile Antoniu Mustata, con número de identificación de extranjería X-4709671-F, representado por la procuradora doña Sonia María Casqueiro Álvarez y asistido de la letrada doña Ángeles García López, con número de colegiada 71.688, contra doña Nicolicea Livia, declarada en situación procesal de rebeldía, en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la procuradora doña Sonia María Casqueiro Álvarez, en nombre y representación de don Vasile Antoniu Mustata, contra doña Nicolicea Livia, debo declarar y declaro haber lugar a regular las relaciones de ambas partes con su hijo menor de edad, Vasile Antoniu Mustata, mediante la adopción de las medidas que constan en el fundamento jurídico segundo de la presente resolución que en aras de la brevedad se tiene aquí por reproducido. Acordando librar oficio al Registro Civil, para la anotación de la privación de la patria potestad al margen de la inscripción de nacimiento del menor.

Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta número 2758/0000/39/0992/15 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los dígitos 2758/0000/39/0992/15.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Nicolicea Livia, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, teniendo el demandante reconocido el beneficio de asistencia jurídica gratuita en este procedimiento.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 3 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/17.254/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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