Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
30-05-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160530-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 99

75
Madrid número 99. Procedimiento ordinario 1.008 de 2011

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario entre “Recreativos Talaide, Sociedad Limitada”, y don José Fernández Plaza, doña Juana Plaza Aznar e “Hisarlik, Sociedad Limitada”, en reclamación de 15.000,00 euros, en cuyos autos se ha dictado sentencia el 25 de septiembre de 2014, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta a instancias de la mercantil “Recreativos Talaide, Sociedad Limitada”, procede efectuar los siguientes pronunciamientos:

1. Se declara la resolución del contrato de explotación de máquinas recreativas y de azar suscrito con fecha 7 de marzo de 2008 entre la mercantil “Recreativos Talaide, Sociedad Limitada”, y la mercantil “Hisarlik, Sociedad Limitada”.

2. Se condena a la mercantil “Hisarlik, Sociedad Limitada”, así como a los avalistas de dicho contrato, doña Juana Plaza Aznar y don José Fernández Plaza, a la entrega a la entidad actora de la cantidad de 15.000 euros, de la que responderán de forma solidaria.

Ello con expreso pronunciamiento de condena a los demandados al pago de las costas procesales.

Notifíquese a las partes, con indicación de que podrán interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes en este Juzgado y ante la Audiencia Provincial.

Y para que sirva de notificación a doña Juana Plaza Aznar e “Hisarlik, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido y firmo el presente en Madrid, a 6 de abril de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/18.221/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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