Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
23-05-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160523-200

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CASTELLÓN NÚMERO 1

200
Castellón número 1. Ejecución 12 de 2016

EDICTO

Don José Manuel Sos Sebastiá, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Castellón.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen los autos de ejecución número 12 de 2016, a instancias de doña Vanesa Bueso Guillamón, contra “Eradental, Sociedad Limitada”, en los que el día 9 de marzo de 2016 se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante doña Vanesa Bueso Guillamón, frente a la empresa ejecutada “Eradental, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 10.481,45 euros de principal, más otros 1.074,26 euros provisionalmente presupuestados para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas.

Contra este auto cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Así lo acuerda y firma doña Marta Coscarón García, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de Castellón.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación a la empresa “Eradental, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Castellón, a 18 de abril de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/16.224/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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