Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
20-05-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160520-25

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

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Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno

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Madrid. Otros anuncios. Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión de 28 de abril de 2016, ha adoptado el siguiente acuerdo por el que se aprueba el Callejero Oficial del Ayuntamiento de Madrid:

“El artículo 7 de la Ordenanza Reguladora de la Denominación y Rotulación de Vías, Espacios Urbanos, así como Edificios y Monumentos de Titularidad Municipal y de la Numeración de Fincas y Edificios, aprobada por acuerdo del Pleno, de 24 de abril de 2013, establece:

“1. El Callejero Oficial del Ayuntamiento de Madrid contendrá, al menos, toda la información relativa a la denominación, numeración y georreferenciación relativa a vías y espacios urbanos, así como edificios y monumentos de titularidad municipal.

2. La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid aprobará anualmente el Callejero Oficial, a propuesta del Área de Gobierno competente en la materia.

3. El órgano directivo competente en materia de Callejero Oficial lo mantendrá actualizado, realizando todas aquellas actuaciones necesarias para su difusión y coordinación.

4. El Callejero Oficial se publicará en las Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es”.

La presente, es la primera propuesta de aprobación del Callejero Oficial del Ayuntamiento de Madrid que se realiza al amparo de lo dispuesto en la Ordenanza del año 2013 e incorpora los datos actualizados a 31 de diciembre de 2015. Estos datos tienen carácter público y estarán disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

Se incluye únicamente la relación completa de viales y direcciones vigentes de la ciudad, de modo que, a medida que se completen los trabajos de actualización, se irán incorporando los datos relativos a espacios urbanos, edificios y monumentos de titularidad municipal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ordenanza Reguladora de la Denominación y Rotulación de Vías, Espacios Urbanos, así como Edificios y Monumentos de Titularidad Municipal y de la Numeración de Fincas y Edificios, aprobada por acuerdo del Pleno de 24 de abril de 2013, corresponde a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia para adoptar el presente acuerdo.

En su virtud, a propuesta del delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 28 de abril de 2016,

ACUERDA

Primero.—Aprobar el Callejero Oficial del Ayuntamiento de Madrid, conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora de la Denominación y Rotulación de Vías, Espacios Urbanos, así como Edificios y Monumentos de Titularidad Municipal y de la Numeración de Fincas y Edificios, aprobada por acuerdo del Pleno, de 24 de abril de 2013, en los términos establecidos en el Informe de la Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística de 20 de abril de 2016.

Segundo.—Publicar el Callejero Oficial en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid según establece el artículo 7.4 de la referida Ordenanza. Asimismo, publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, conforme a lo dispuesto en los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.—Remitir este acuerdo a la Administración General del Estado y a la Comunidad de Madrid”.

Madrid, a 29 de abril de 2016.—La secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.

(03/17.265/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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