Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
17-05-2016

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160517-28

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

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ORDEN de 13 de mayo de 2016, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 700.000.000,00 de euros.

Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 2 de febrero de 2016 se autorizó a la Comunidad de Madrid a disponer la realización de una o varias operaciones financieras a largo plazo por importe máximo de 2.915.631.633,31 euros, dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 39 de la Ley 6/2015, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2016.

Posteriormente, el Consejo de Ministros, en su reunión de 8 de abril de 2016, autorizó a la Comunidad de Madrid a formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública, hasta un importe máximo de 2.082.882.017,58 euros.

En virtud de los citados Acuerdos y dadas las condiciones actuales en el Mercado de Deuda Pública, de acuerdo con la autorización estatal, se considera conveniente que la Comunidad de Madrid proceda a realizar una emisión de deuda pública a un plazo de cinco años a tipo de interés fijo. El importe no excede de los límites autorizados por el referido Acuerdo del Consejo de Ministros.

En razón de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 40.5 de la citada Ley 6/2015, de 23 de diciembre,

DISPONGO

Primero

Realizar una emisión de Deuda Pública con las siguientes características:

— Importe máximo: 700.000.000,00 de euros.

— Modalidad: Bonos.

— Fecha de emisión y desembolso: 19 de mayo de 2016.

— Precio de emisión: 100 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 700.000.000,00 de euros.

— Fecha de vencimiento: 19 de mayo de 2021.

— Amortización: Única, al vencimiento y a la par, libre de gastos para el tenedor.

— Representación de los bonos: Los bonos se representan mediante anotaciones en cuenta registradas a través del Sistema de Registro, Compensación y Liquidación del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, gestionado por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores Sociedad Anónima (IBERCLEAR), siendo el importe nominal mínimo de negociación de 1.000,00 euros.

— Negociación de los valores: Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.

— Suscripción: La suscripción de los bonos se realizará a través de las entidades colocadoras mediante el procedimiento de “book building”. El importe total de la emisión se adjudicará a cada entidad inversora adjudicataria proporcionalmente al importe solicitado y precio adjudicado, y se anotará en las cuentas de valores de los miembros del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones que determinen las citadas entidades inversoras adjudicatarias.

— Período de suscripción: Las peticiones de suscripción, que serán vinculantes para los inversores, tendrán lugar en las fechas que determine la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Tesorería, y contendrán el importe cuya adjudicación se solicita.

— Cupón: 0,727 por 100 fijo nominal anual, base Act/Act, no ajustado, convención día siguiente modificado, pagadero en los aniversarios comenzando el 19 de mayo de 2017.

Si una fecha de pago de intereses fuera inhábil a efectos del sistema TARGET 2 de pagos europeo, el pago de intereses se diferirá al día hábil inmediatamente posterior, salvo que la fecha de pago caiga dentro del mes siguiente, en cuyo caso la fecha de pago se trasladará al día hábil inmediatamente anterior, sin que el tenedor de los bonos tenga derecho a percibir intereses adicionales por dicho diferimiento.

— Otras condiciones: De acuerdo con la normativa aplicable a las Comunidades Autónomas, la presente emisión disfrutará de los mismos beneficios y condiciones que la Deuda Pública del Estado.

Segunda

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega en el Director General de Contratación, Patrimonio y Tesorería la firma del contrato de la emisión y la firma de la aprobación de los documentos contables del Presupuesto de Gastos necesarios para el abono de los gastos financieros de la emisión.

Tercera

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 13 de mayo de 2016.

La Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, ENGRACIA HIDALGO TENA

(03/17.905/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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