Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
17-05-2016

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160517-53

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

53
Colmenarejo. Organización y funcionamiento. Convenio colaboración Asociación Educreando

CONVENIO ADMINISTRATIVO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO Y LA ASOCIACIÓN EDUCREANDO SOBRE CAMPAMENTO DE VERANO 2016

REUNIDOS

De una parte, doña Yolanda Climent Sánchez, en nombre y representación de la Asociación Educreando, especialmente autorizada para la firma del presente convenio como presidenta de la Asociación, según acta de asamblea del 24 de septiembre de 2015.

Y de otra parte, doña Nieves Roses Roses, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Colmenarejo, en la representación que ostenta en virtud del artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Ambas partes se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal suficiente y necesaria para este acto, y libremente:

EXPONEN

Primero.—Que el Ayuntamiento de Colmenarejo tiene competencia para la promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre, así como para la promoción de la cultura y equipamientos culturales.

Segundo.—Que el Ayuntamiento de Colmenarejo y la Asociación Educreando concretan sus actuaciones en el marco del presente convenio para la realización de un campamento de verano en 2016 utilizando las instalaciones del Polideportivo Municipal “Príncipe de Asturias”.

A los efectos de llevar a cabo la acción que se pretende, las partes citadas aprueban las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.—El presente convenio tiene por objeto plasmar las condiciones por las cuales se llevará a cabo la colaboración entre el Ayuntamiento de Colmenarejo y la Asociación Educreando para realización de un campamento de verano en 2016 utilizando las instalaciones del Polideportivo Municipal “Príncipe de Asturias”, con los siguientes objetivos:

— Convertir el período vacacional en una sucesión de alternativas de ocio y tiempo libre atractivas, diferente a la estructura y desarrollo de las actividades realizadas en el colegio, con el consiguiente disfrute y diversión de los participantes.

— Ofrecer un servicio flexible a los padres que favorezca la conciliación de la vida laboral y familiar.

— Participar en juegos y actividades de forma positiva con los demás, evitando discriminaciones, violencia, rivalidad y fomentando la cooperación, la solidaridad y el respeto.

— Adoptar una actitud de respeto y valoración de las características y cualidades de los demás.

— Plantear la actividad sociocultural, el ocio y el tiempo libre, como un espacio de creatividad y juego.

— Conocer y realizar juegos, actividades y talleres atractivos, adaptados a la edad, características y necesidades de los niños, dentro de la temática propuesta y favoreciendo la imaginación y la creatividad.

Segunda.—Para llevar a cabo el objeto del presente convenio, las partes firmantes se comprometen a lo siguiente:

— La Asociación Educreando:

• Realización de todas las gestiones derivadas de la puesta en marcha del Campamento y el desarrollo del mismo:

– Publicidad: esta se realizará con suficiente antelación mediante cartelería que se expondrá en espacios públicos y privados de Colmenarejo y alrededores, página web del Ayuntamiento, entrega en mano de folletos en los centros educativos del municipio y prensa local. Se hará llegar también a las AMPAS de los colegios e Instituto del Municipio para su difusión entre los socios. En toda ella aparecerá el logo del Ayuntamiento de Colmenarejo y de la Concejalía de Educación.

• Puesta en marcha de programa dirigido a niñas y niños de tres a quince años y surge como una alternativa de ocio durante el período vacacional de verano y una respuesta a la necesidad de los padres y madres de conciliar vida laboral y familiar, ofreciendo la ventaja de desarrollarse en el propio municipio. Abarcará todas las vacaciones escolares.

• Elaboración de proyecto que girará en torno a un eje temático o centro de interés a propuesta de la organización y consensuado con la Concejalía de Educación, que conectará las actividades que se realicen cada día.

• Creación de un correo electrónico exclusivo para el proceso de inscripciones. En la inscripción se recogerá la información personal (nombre, edad, posibles alergias, si sabe nadar, etcétera), así como las autorizaciones que se consideren necesarias para la seguridad de los menores (recogida del menor) y aquellas otras especificadas en la Ley de Protección de Datos (salidas fuera del recinto y publicación de imágenes).

• El Campamento contará con un/a coordinador/a de Tiempo Libre titulado presencial a diario.

• Los monitores contratados que desarrollen el proyecto deberán ser monitores de Tiempo Libre titulados, técnicos en Actividades Físicas y Deportivas, técnicos en Educación Infantil, maestros especialistas en Educación Física o Educación Infantil o licenciados en INEF. Se optará por aquellos con el perfil más adecuado para cada una de las edades de los menores que participan en el Campamento, diferenciando entre Infantil y Primaria. Asimismo, la especialidad en actividades deportivas, especialmente en actividades acuáticas y ciclismo, serán tenidas en cuenta en la contratación de los monitores, así como formación en primeros auxilios, socorrismo acuático, lengua inglesa (C-1 o B-2) y manipulador de alimentos. Será un objetivo primordial la creación de un equipo que reúna en su conjunto las mejoras condiciones para emprender el proyecto garantizando el éxito del mismo. Cumpliendo todos estos requisitos se baremará a favor de los residentes en Colmenarejo o, en su defecto, municipios colindantes.

• Se harán programaciones semanales diferentes para mantener el interés de los niños que repiten varias semanas, siempre siguiendo el hilo conductor.

• La programación diaria de actividades realizada por el equipo de monitores se entregará a la Concejalía de Educación con antelación suficiente para su aprobación y posterior difusión en los medios que la misma estime oportunos.

• Material necesario para desarrollar las actividades programadas: material deportivo, disfraces, material para manualidades, equipos de sonido, botiquín, ordenador portátil.

• Se establecerán todos los protocolos de actuación necesarios para garantizar la seguridad y evitar el riesgo de accidentes de los participantes durante el desarrollo de las actividades. No obstante se contratará un seguro de Responsabilidad Civil y Accidentes (300.000 euros).

• Antes de iniciarse la actividad se fijarán junto con la Concejalía de Educación el calendario de trabajo, los plazos de inscripción y criterios de evaluación. La adaptación de los espacios del Polideportivo (aula de judo y recepción) así como la recogida del mismo una vez acabada la actividad se realizará por personal de la organización, asegurando que las instalaciones queden en perfecto estado.

• Se mantendrán los precios de los Campamentos de 2014 y 2015.



Actuaciones que benefician a los vecinos de Colmenarejo y que hace posible la asociación:

• Las familias numerosas que soliciten el Campamento para tres o más de sus hijos obtendrán la plaza del tercero y siguientes gratuita (solo abonará el coste del “catering” en horario 2).

• Se reservarán plazas gratuitas para niños derivados de Servicios Sociales a razón de 1 plaza por cada 25 niños inscritos por semana.

• Se admitirán menores con necesidades educativas especiales siempre que se garantice la viabilidad de su integración.

• Durante el mes de julio serán dos los coordinadores, reforzando así el apoyo a los grupos y la atención a los padres.

• El material, fungible o no, una vez haya acabado la actividad, pasa a disposición del Área de Educación del Ayuntamiento. Además se realizará inventario y colocación del almacén antes y después de la actividad.

• Durante todo el período de inscripción y una vez iniciado el campamento los padres contarán con un número de teléfono y un correo electrónico abiertos de lunes a viernes, mañana y tarde, para resolver cualquier duda o incidencia. En caso necesario también podrá utilizarse durante el fin de semana.

• Contratación de empresa de “catering” del municipio o cercana a él de manera que puedan adaptarse a la flexibilidad del campamento o solucionar problemas que puedan surgir con la máxima celeridad. Participación de la organización en la elaboración de los menús.

• Desayuno educativo tipo buffet variado con productos naturales y respondiendo a las necesidades reales de los niños, alergias, intolerancias, etcétera.

• A pesar de que todos los Campamentos ofertan semanas o quincenas por la complejidad de la organización si se ofreciera un período de tiempo menor, se ofrecerá la posibilidad de acceder al Campamento por días sueltos (con o sin comida) si los padres pudieran necesitar este Servicio de Urgencia (incorporación inmediata) o circunstancial (inscripción al menos el día anterior).

— El Ayuntamiento de Colmenarejo:

• Ceder el uso de las instalaciones del Polideportivo Municipal “Príncipe de Asturias” sin por ello dejar de ofertar el mismo servicio público habitual.

• Colaboración y control desde la Concejalía de Educación para realizar el seguimiento de lo estipulado en este convenio.

Tercera.—El órgano encargado de orientar y hacer el seguimiento de las acciones desarrolladas será la Concejalía de Educación.

Cuarta.—El presente convenio tendrá una duración desde el primer día de vacaciones de verano de 2016 hasta el día anterior al inicio del curso en septiembre.

Quinta.—En todos aquellos aspectos, legislativos y de funcionamiento, no contenidos en el Convenio será de aplicación la Legislación aplicable que viene determinada por:

— Los artículos 55 y 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

— El artículo 4.1.c) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

— Los artículos 4, 84, 86 y 88 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Compete a la Alcaldía-Presidencia la facultad de interpretación del clausulado del convenio.

Sexta.—Las causas de resolución del presente convenio serán:

— Incumplimiento de alguna de las partes.

— Mutuo acuerdo.

— Causas sobrevenidas que imposibiliten el cumplimiento de las cláusulas del convenio.

Séptima.—Las partes que suscriben se comprometen, en la medida que les corresponda, a asumir las determinaciones establecidas en el presente convenio.

Ambas partes someterán las cuestiones litigiosas que puedan plantearse a la competencia de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente convenio, por duplicado, en el lugar y fecha anteriormente indicado.

En Colmenarejo, a 4 de abril de 2016.—Por la Asociación Educreando, la presidenta, Yolanda Climent Sánchez.—Por el Ayuntamiento de Colmenarejo, la alcaldesa-presidenta, Nieves Roses Roses.

(02/13.158/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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