Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 113

Fecha del Boletín 
13-05-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160513-41

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno

Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno

41
Madrid. Organización y funcionamiento. Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno. Masa salarial del personal laboral

Masa salarial del personal laboral del sector público del Ayuntamiento de Madrid para 2016.—Acuerdo de 28 de abril de 2016, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba la masa salarial del personal laboral del sector público del Ayuntamiento de Madrid para el ejercicio 2016.

El artículo 103 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, establece la obligación para las Entidades Locales de aprobar anualmente la masa salarial del personal laboral de su sector público, respetando los límites y las condiciones que se establezcan con carácter básico en las correspondientes leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado.

La aprobación de la masa salarial comprenderá la referente a la propia Entidad Local, organismos, entidades públicas empresariales y demás entes públicos y sociedades mercantiles de ella dependientes, así como la de los consorcios adscritos a la misma y la de las fundaciones constituidas con capital o patrimonio mayoritariamente local.

El procedimiento para la aprobación de la masa salarial del personal laboral del sector público del Ayuntamiento de Madrid ha sido establecido por acuerdo de 11 de diciembre de 2014, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el que se prevé el informe previo de los órganos directivos competentes en materia de presupuestos y sector público. Dichos informes, que se emitirán en sus respectivos ámbitos, han de contener un pronunciamiento expreso sobre la observancia de los criterios definidos en dicho acuerdo de Junta de Gobierno y del debido cumplimiento de los límites y condiciones establecidos en las correspondientes leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado y restante normativa presupuestaria.

Por su parte, la disposición adicional cuarta de las bases de ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2016 establece, en su apartado dos, que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid aprobará en el primer cuatrimestre del ejercicio presupuestario la masa salarial del personal laboral del sector público municipal, respetando los límites y las condiciones que se establezcan con carácter básico en las correspondientes leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado.

Por lo que se refiere al Ayuntamiento de Madrid, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales ha remitido a la Dirección General de Hacienda la propuesta de masa salarial correspondiente al ejercicio 2016.

Respecto a la masa salarial del personal de los Organismos Autónomos, las sociedades mercantiles y del resto de entidades que integran el sector público del Ayuntamiento de Madrid, las propuestas de masa salarial para 2016 fueron remitidas por cada una de las entidades a la Dirección General de Economía y Sector Público.

A la vista de las propuestas e información recibidas se han elaborado los informes preceptivos de la Dirección General de Hacienda y la Dirección General de Economía y Sector Público respectivamente, por lo que procede la aprobación de la masa salarial del personal laboral del Ayuntamiento de Madrid para el ejercicio 2016.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, así como con lo establecido en la disposición adicional cuarta de las bases de ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2016, a propuesta del delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 28 de abril de 2016, acuerda:

Primero.—Masa salarial del personal laboral del Ayuntamiento de Madrid.

Aprobar la masa salarial del personal laboral del Ayuntamiento de Madrid correspondiente al ejercicio 2016, fijando su importe en 77.513.761,46 euros.

Segundo.—Masa salarial del personal laboral de los Organismos Autónomos del Ayuntamiento de Madrid.

Aprobar la masa salarial del personal laboral de los Organismos Autónomos del Ayuntamiento de Madrid correspondiente al ejercicio 2016, fijando su importe en:



Tercero.—Masa salarial del personal laboral de las sociedades mercantiles del Ayuntamiento de Madrid.

Aprobar la masa salarial del personal laboral de las sociedades mercantiles del Ayuntamiento de Madrid correspondiente al ejercicio 2016, fijando su importe en:



Cuarto.—Efectos y publicación.

El presente acuerdo surtirá efectos a partir de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo que se publica por acuerdo de la Junta de Gobierno para su conocimiento y efectos oportunos.

Madrid, a 3 de mayo de 2016.—El jefe de Servicio de Apoyo Institucional, Cirilo García Teresa.

(03/16.388/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160513-41