Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
11-05-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160511-231

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ÁVILA NÚMERO 1

231
Ávila número 1. Procedimiento 31 de 2016

EDICTO

Doña María Jesús Martín Chico, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Ávila.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 31 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Celina Martín Herrero, contra Fondo de Garantía Salarial, “Treval Facility Services, Sociedad Limitada”, y Colegio San Juan Bosco Salesianos de Arévalo, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que estimando como estimo la demanda formulada por la parte actora doña Celina Martín Herrero, contra la parte demandada, la empresa “Treval Facility Services, Sociedad Limitada”, sobre despido, debo declarar y declaro la improcedencia del llevado a cabo y la extinción de la relación laboral que unía a las partes, condenando a la parte demandada a que indemnice a la parte actora en la cantidad de 7.063,27 euros.

Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Treval Facility Services, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y “Boletín Oficial de la Provincia de Ávila”.

En Ávila, a 14 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/14.509/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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