Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
11-05-2016

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160511-27

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Humanes de Madrid. Régimen económico. Padrones IBI urbana y rústica 2016

Aprobados por decreto del alcalde-presidente de 7 de abril de 2016 los padrones fiscales del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, correspondientes al ejercicio 2016, se pone en conocimiento que los padrones estarán a disposición del público en el Departamento de Gestión Tributaria por plazo de un mes a contar desde la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Los obligados al pago del citado impuesto podrán formular ante el alcalde recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la exposición pública del padrón. Dicha exposición tiene el carácter de notificación colectiva, de acuerdo con el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

Asimismo, y por el mismo decreto, se fija el plazo de ingreso en vía voluntaria desde el 30 de septiembre al 30 de noviembre de 2016.

Para aquellos sujetos pasivos que se hayan acogido al sistema especial de pago regulado en el artículo 9 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (bonificación y fraccionamiento por pago domiciliado), se procede a fraccionar el ingreso del impuesto en dos plazos.

— El primero será el 60 por 100 de la cuota de este impuesto devengada el 1 de enero de ese año, realizando el cargo en cuenta el 3 de junio de 2016.

— El segundo plazo estará constituido por el importe del recibo correspondiente al ejercicio en curso, bonificado en el 5 por 100 sobre la cuota anual y deducida la cantidad ya abonada en el primer plazo, realizando el cargo en la cuenta bancaria el 7 de octubre de 2016.

Humanes de Madrid, a 7 de abril de 2016.—El alcalde, José Antonio Sánchez Rodríguez.

(02/14.376/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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