Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
04-05-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160504-194

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GRANADA NÚMERO 1

194
Granada número 1. Ejecución 211.1 de 2015

EDICTO

Doña María del Carmen García-Tello Tello, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Granada.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 211.1 de 2015 a instancias de la parte actora doña Achraf Abouchoaib, doña Rocío Orozco Lara y doña Esther Ducal López, contra “Coulis, Sociedad Anónima”, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

En Granada, a 24 de noviembre de 2015.

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima dijo: se despacha ejecución contra la demandada por la suma de 4.828,75 euros en concepto de principal.

Doña Achraf Abouchoaib: 1.299,84 euros.

Doña Rocío Orozco Lara: 2.773,87 euros.

Doña Esther Ducal López: 755,04 euros.

Más la de 748,00 euros calculadas para intereses y gastos.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a los resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento tercero de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firmo.—El ilustrísimo señor don Jesús Rodríguez Alcázar, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Granada. Doy fe.

Decreto 130 de 2016

En Granada, a 31 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia, María del Carmen García-Tello Tello.

Parte dispositiva:

Acuerdo: declarar a la ejecutada “Coulis, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia total por importe de 4.828,75 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Firme la presente, remítase mandamiento al Registro Mercantil de Granada para la inscripción de la insolvencia de la empresa, verificado procédase al archivo de las actuaciones.

Notifíquese en el “Boletín Oficial de la Provincial de Granada”, a la demandada en ignorado paradero.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Coulis, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Granada, a 31 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/13.526/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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