Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160421-44

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3

44
Madrid número 3. Procedimiento 1.515 de 2014

EDICTO

Doña Carmen Salgado Suárez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 3 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 1.515 de 2014, instados por la procuradora doña Alicia Casado Deleito, en nombre y representación de “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, contra doña María del Carmen Sanz Bapori, en reclamación de 4.681,22 euros, en los que se ha dictado en fecha 17 de marzo de 2016 sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Estimo totalmente la demanda formulada por la procuradora doña Alicia Casado Deleito, en nombre y representación de “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, contra doña María del Carmen Sanz Bapori, y en su virtud condeno a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 4.681,22 euros, más sus intereses legales y con imposición de costas.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—La anterior resolución es publicada, notificada y archivada en la Secretaría del Juzgado, y queda por certificación literal unida a los autos. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña María del Carmen Sanz Bapori y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 30 de marzo de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/13.019/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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