Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160406-88

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

88
Madrid número 15. Procedimiento 45 de 2015-01

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 45 de 2015-01 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Evencio Conde de Gregorio, frente a la comunidad de propietarios “Dulcinea 24”, sobre cuenta de procurador, se han dictado las siguientes resoluciones:

Visto el contenido de la anterior diligencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 268.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, una vez firme esta resolución, líbrense mandamientos de pago a favor de don Evencio Conde de Gregorio por importe de 137,20 euros en concepto de principal.

No habiéndose causado gastos en el presente procedimiento, se acuerda poner a disposición de la parte ejecutada la cantidad de 30 euros por el concepto de sobrante, así como la cancelación de los embargos trabados en el presente procedimiento.

Notifíquese a las partes, y una vez efectuado archívese el procedimiento sin más trámites.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Visto el anterior escrito presentado por don Evencio Conde de Gregorio en fecha 1 de febrero de 2016, así como el estado de las actuaciones, se pone de manifiesto a la parte demandada que tal y como se hizo constar en la diligencia de ordenación de fecha 12 de enero de 2016, el mandamiento de pago se entregará una vez adquiera firmeza dicha resolución, haciendo constar que actualmente no lo es. El día que se solicitó consulta con la letrada de la Administración de Justicia, la misma estaba en Sala, no ausente.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la comunidad de propietarios “Dulcinea 24”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/9.779/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160406-88