Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
05-04-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160405-70

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

70
Madrid número 7. Procedimiento 1.014 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alejandro Asensio Muñoz, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.014 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Martín Redondo, dola Alin Ron Blanco, doña Ana Dávila Garralaga, don Hugo Jeremías Herrera Madueño, don Ibon García Etxevarría, don Mario Rivas Mielgo y don Miguel Mohedano Salillas, frente a “Intergeo Investment, Sociedad Limitada”, “International Surveying Company, Sociedad Limitada”, y “Topoestudios Ingeniería, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 62

En Madrid, a 9 de febrero de 2016.—Don Francisco Javier Piñonosa Ros, magistrado-juez en funciones de refuerzo en el Juzgado de lo social número 7 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 1.014 de 2015, en materia de reclamación de cantidad, seguidos a instancias de doña Ana Dávila Garralaga, con documento nacional de identidad número 43435193-S; don Ibon García Etxebarría, con documento nacional de identidad número 44971729-J; don Hugo Jeremías Herrera Madueño, con documento nacional de identidad número 47824598-P; don Alberto Martín Redondo, con documento nacional de identidad número 53103540-J; don Miguel Mohedano Salillas, con documento nacional de identidad número 5366020-M; don Mario Rivas Mielgo, con documento nacional de identidad número 50552034-N, y doña Alin Ron Blanco, con documento nacional de identidad número 71665978-W, asistidos todos ellos por el letrado don Jordi Tarrés Aroskoa, contra las entidades “International Surveying Company, Sociedad Limitada”, “Intergeo Investment, Sociedad Limitada”, y “Topoestudios Ingeniería, Sociedad Limitada”, ha pronunciado en nombre del Rey el siguiente

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por doña Ana Dávila Garralaga, don Ibon García Etxebarría, don Hugo Jeremías Herrera Madueño, don Alberto Martín Redondo, don Miguel Mohedano Salillas, don Mario Rivas Mielgo y doña Alin Ron Blanco, contra las entidades “International Surveying Company, Sociedad Limitada”, “Intergeo Investment, Sociedad Limitada”, y “Topoestudios Ingeniería, Sociedad Limitada”, y condeno a todas ellas a abonar, de manera solidaria, a los citados trabajadores las siguientes cantidades, incrementadas con el recargo del artículo 29.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aplicado a los conceptos salariales:

A doña Ana Dávila Garralaga: 9.484,04 euros.

A don Ibon García Etxebarría: 5.833,11 euros.

A don Hugo Jeremías Herrera Madueño: 6.524,17 euros.

A don Alberto Martín Redondo: 5.857,42 euros.

A don Miguel Mohedano Salillas: 7.783,27 euros.

A don Mario Rivas Mielgo: 5.214,88 euros.

A doña Alin Ron Blanco: 5.107,61 euros.

Absuelvo al Fondo de Garantía Salarial de las pretensiones deducidas en su contra, sin perjuicio respecto de este último de su eventual responsabilidad legal subsidiaria en caso de insolvencia de la empresa.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita, que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta número 2505/0000/62/1014/15 del “Banco Santander”, aportando el resguardo acreditativo, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el “Banco Santander”, o presentar aval de la entidad financiera por el mismo importe en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el ilustrísimo magistrado-juez que la dictó estando celebrando audiencia pública.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Intergeo Investment, Sociedad Limitada”, “International Surveying Company, Sociedad Limitada”, y “Topoestudios Ingeniería, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de febrero de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/9.683/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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