Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
22-03-2016

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160322-3

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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ORDEN 395/2016, de 14 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se procede a modificar las bases reguladoras de las subvenciones sujetas a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el ámbito competencial de la Consejería, para su adaptación a la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público, y otras medidas de reforma administrativa.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley 15/2014, modifica diferentes artículos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, entre ellos los artículos 18 y 20, determinando que a partir del 1 de enero de 2016, la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) operará como Sistema Nacional de publicidad de subvenciones, dando cumplimiento así a los requerimientos derivados de la normativa de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y a los derivados de la aplicación de la normativa europea.

A tales efectos, las Administraciones concedentes deberán remitir a la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre las convocatorias y las Resoluciones de concesión recaídas en los términos previstos por el artículo 20 de la citada norma.

El registro de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones debe ser anterior a la publicación en el diario oficial del acto administrativo, que está previsto que se realice en forma de extracto, siendo anulables las convocatorias que no se ajusten a este procedimiento.

Por otra parte, la modificación de la letra b) del apartado 3 del artículo 17, de carácter básico, por lo que se refiere a los requisitos mínimos de las bases reguladoras de la concesión, exige que estas contengan la referencia al diario oficial en el que se publicará el extracto de la convocatoria, que debe realizarse por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como la forma y plazo en que deben presentarse las solicitudes, aspectos estos cuyo contenido también debe ser adaptado a los requerimientos de la norma.

Las bases reguladoras, cuando tienen carácter de norma reglamentaria, son aprobadas mediante Orden del Consejero competente por razón de la materia, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones, para ser aplicadas a lo largo del tiempo a través de las convocatorias, actos administrativos que suponen el inicio de los procedimientos de concesión, asociados al expediente de gasto, por lo que la modificación corresponde al mismo órgano.

La Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 82 que el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID será el medio oficial de publicación de las disposiciones y actos de los órganos de la Comunidad.

La existencia de numerosas bases reguladoras aprobadas hasta el momento por la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio que requieren su adaptación, máxime tras el cambio de su estructura orgánica, la necesidad de uniformidad en la redacción por razones de seguridad jurídica, y la conveniencia de tramitación de la modificación mediante un procedimiento ágil que permita iniciar la convocatoria de las subvenciones de forma inmediata, cumpliendo con los requerimientos de la Ley, aconsejan adoptar la presente Orden, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50.3, párrafo segundo, de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

En consecuencia, en uso de las atribuciones conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Artículo primero

Modificar las bases reguladoras de subvenciones dictadas en el ámbito competencial actual de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio a cuyas convocatorias les resulte aplicable el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, publicadas a la fecha de entrada en vigor de la presente Orden, en los siguientes términos:

“Las convocatorias se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en forma de extracto, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que publicará el texto íntegro de la misma en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, que forma parte de dicha Base de Datos.

El cómputo de los plazos de presentación de las solicitudes se iniciará a partir del día siguiente a la fecha en la que se publique el acto en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las convocatorias podrán establecer los medios de publicidad adicionales que el órgano convocante estime más convenientes para facilitar el conocimiento general de las mismas, debiendo, en este caso, incluir las previsiones necesarias para que el potencial solicitante de las ayudas conozca de forma inequívoca el cómputo de plazos para la presentación de las solicitudes”.

Artículo segundo

La presente modificación afecta a todas las bases reguladoras enumeradas en el Anexo a la presente Orden, así como a cualquier otra base reguladora de subvenciones competencia de esta Consejería que, sin citarse expresamente en el mencionado Anexo, estuviera vigente a 31 de diciembre de 2015.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Las subvenciones cuyas convocatorias hubieran sido aprobadas con anterioridad a 1 de enero de 2016, se regirán por la normativa anterior en los términos que resultara aplicable en el momento de dicha aprobación.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 14 de marzo de 2016.

El Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, JAIME GONZÁLEZ TABOADA

ANEXO

Orden 1030/2009, de 17 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se regulan las bases de las ayudas para el fomento de las inversiones para la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos de pesca y de la acuicultura en la Comunidad de Madrid, y se convocan para el año 2009.

Orden 2584/2010, de 22 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se regulan las bases de las ayudas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES) y empresas intermedias para el fomento de las inversiones para la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y se convocan para el año 2010.

Orden 2168/2014, de 27 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la contratación de determinados seguros agrarios en la Comunidad de Madrid.

Orden 2583/2010, de 22 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a agrupaciones de defensa sanitaria y se aprueba la convocatoria 2010.

Orden 2878/2010 de 21 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se regulan determinadas ayudas en los Sectores de la Ganadería de la Comunidad de Madrid.

Orden 3041/2011, de 13 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para compatibilizar la actividad ganadera con la existencia de poblaciones de lobos y perros asilvestrados en la Comunidad de Madrid, y se aprueba la convocatoria 2011.

Orden 83/2006, de 11 de enero, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se regulan determinadas ayudas destinadas a fomentar la protección de animales domésticos en la Comunidad de Madrid, y se aprueba la convocatoria para 2006.

Orden 296/2002, de 28 de enero, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, de aplicación en la Comunidad de Madrid del Real Decreto 5/2001, de 12 de enero, por el que se establece un régimen de ayudas destinadas a fomentar el cese anticipado de la actividad agraria.

Orden 2854/2013, de 8 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se regulan en la Comunidad de Madrid las ayudas para la modernización de las estructuras agrarias y la primera instalación de jóvenes agricultores cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y se realiza convocatoria para 2014.

Orden 4364/2015, de 30 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba el procedimiento de selección de las entidades candidatas a grupos de acción local y se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la elaboración de sus estrategias de desarrollo local cofinanciables por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado, y se realiza la convocatoria para 2016.

Orden 2621/2009, de 7 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de mejoras permanentes de carácter agrario en zonas rurales de la Comunidad de Madrid.

Orden 2241/2012, de 24 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas para la utilización de servicios de asesoramiento y ayuda para la implantación de servicios de asesoramiento a explotaciones agrícolas y ganaderas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Orden 2546/2011, de 5 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la agricultura y la ganadería ecológicas y las ayudas para el mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Orden 2372/2011, de 28 de junio, por la que se establecen en la Comunidad de Madrid las bases reguladoras de la ayuda a la indemnización a los agricultores en zonas de montaña de la Comunidad de Madrid, cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

Orden 1432/1993, de 30 de julio, de la Consejería de Economía, de aplicación en la Comunidad de Madrid del Real Decreto 3781/1993, por el que se establece un régimen de ayudas para fomentar inversiones forestales en explotaciones agrarias, modificada por la Orden 3040/1997, de 6 de octubre, de la Consejería de Economía y Empleo, para adaptarla al Real Decreto 152/1996, de 2 de febrero.

Orden 2803/2001, de 26 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se establecen ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas de la Comunidad de Madrid.

Orden 8326/2004, de 24 de septiembre, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se establecen ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrícolas de la Comunidad de Madrid.

Orden 224/2006, de 24 de enero, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se establecen ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola para el fomento de la forestación de tierras agrícolas de la Comunidad de Madrid y por el que se convocan las ayudas para el año 2006 para la participación en el Programa de Forestación de Tierras Agrícolas.

Orden 1517/2013, de 1 de agosto, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las Organizaciones Profesionales Agrarias y a las Uniones de Cooperativas Agrarias.

Orden 81/2006, de 11 de enero, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se establecen en la Comunidad de Madrid las bases reguladoras de la concesión de la ayuda regional a las Agrupaciones de Tratamiento Integrado en la Agricultura (ATRIAS), y se aprueba la convocatoria para el año 2006.

Orden 1979/2012, de 25 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid para la redacción del Plan General del municipio, y se realiza la convocatoria para 2012.

Orden de 30 de diciembre de 2008, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Ayuntamientos destinadas a financiar las inversiones necesarias para la prestación de los servicios de competencia municipal, y se realiza la convocatoria para 2009.

Orden de 29 de diciembre de 2008, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Ayuntamientos destinadas a financiar actuaciones en zonas verdes y embellecimiento en espacios urbanos municipales en el territorio de la Comunidad de Madrid, y se realiza la convocatoria para 2009.

Orden de 31 de diciembre de 2008, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Mancomunidades de municipios destinadas a financiar las inversiones necesarias para la prestación de los servicios y actividades objeto de su competencia, y se realiza la convocatoria para 2009.

Orden 3177/2013, de 7 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el mantenimiento de empleo en las Agrupaciones Municipales de la Sierra Norte de Madrid, así como la aprobación de la convocatoria para el ejercicio 2013.

Orden 1765/2014, de 26 de septiembre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a Mancomunidades de Municipios de la Sierra Norte de Madrid para gastos corrientes, así como la aprobación de la convocatoria para el ejercicio 2014.

Orden 2855/2005, de 30 de diciembre, del Consejero de Presidencia, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Ayuntamientos destinadas a financiar sus gastos corrientes, modificada por la Orden de 23 de diciembre de 2010 por la Orden 756/2012, de 12 de abril, así como por la Orden 1628/2014, de 11 de agosto.

Orden 2856/2005, de 30 de diciembre, de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Mancomunidades de municipios destinadas a financiar sus gastos corrientes, y se realiza la convocatoria para 2006.

Orden de 18 de diciembre de 2008, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a agrupaciones de municipios para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención, y se realiza la convocatoria para el año 2009.

Orden 2505/2005, de 2 de agosto, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de bases reguladoras y convocatoria de subvenciones a las Corporaciones Locales para la construcción y equipamiento de centros de recogida de residuos valorizables y especiales (Puntos Limpios).

Orden 2157/2013, de 23 de septiembre, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para la adquisición de vehículos eficientes para uso de autotaxi, y se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de entidad colaboradora para la gestión de dichas ayudas para el año 2013.

Orden 3222/2014, de 22 de diciembre, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para la adquisición de vehículos comerciales ligeros eficientes, auxiliares y de servicios.

Orden 1355/2010, de 27 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a pymes para la implantación y mantenimiento de sistemas voluntarios de gestión y auditoría medioambiental.

(03/9.913/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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