Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
08-03-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160308-24

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia Tributaria Madrid

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Madrid. Régimen económico. Agencia Tributaria Madrid. Matrículas tributos municipales 2016

El director de la Agencia Tributaria Madrid, en el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas por sus estatutos, aprobados por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 22 de diciembre de 2008, por resoluciones de 7 de marzo de 2016, ha aprobado las matrículas correspondientes a los siguientes tributos municipales para el ejercicio 2016:

— Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

— Tasa por Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local con Pasos de Vehículos.

Se pone en conocimiento de los respectivos obligados al pago, que las mismas estarán expuestas al público en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente, sitas en la calle del Hierro, número 27; calle de Raimundo Fernández Villaverde, número 32; calle de Ramón Power, número 24; calle Sacramento, número 3, y calle de Alcalá, número 45 (en horario de ocho y treinta a diecisiete horas, de lunes a jueves, y de ocho y treinta a catorce horas, los viernes), durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlas.

La matrícula de la Tasa por Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local con Pasos de Vehículos, estará expuesta también en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (Línea Madrid), situadas en cada Distrito, en los mismos horarios y fechas señalados en el párrafo anterior.

Se podrá interponer recurso de reposición potestativo, previo a la reclamación económico-administrativa, ante el Director de la Agencia Tributaria Madrid, o bien, directamente, reclamación económico-administrativa, previa al contencioso-administrativo, ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago (31 de mayo).

Madrid, a 7 de marzo de 2016.—El director, José Antonio Díaz de Cerio Villamayor.

(02/3.969/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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