Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
07-03-2016

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160307-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 7

62
Leganés número 7. Procedimiento ordinario 637 de 2013

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 637 de 2013, seguido a instancias de “Santander Consumer EFC, Sociedad Anónima” frente a doña Lilia Elisabeth García Yugcha, doña Mayda Alexandra García Yugcha, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En nombre de su majestad El Rey de España, en la ciudad de Leganés (Madrid) y con fecha 22 de junio de 2015, han sido vistos por el ilustrísimo señor don Rafael Rosel Marín, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de los de esta ciudad, los autos civiles de juicio ordinario número 637 de 2013, seguidos ante este Juzgado a instancia de “Santander Consumer Efc, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Elvira Ruiz Resa y asistida por el letrado don David Fernández Parras, contra doña Lilia Elisabeth García Yugcha y doña Maysa Alexandra García Yugcha, declaradas en rebeldía procesal.

Fallo

Que estimando íntegramente las pretensiones planteadas en los autos civiles de juicio ordinario número 637 de 2013, seguidos ante este Juzgado a instancias de “Santander Consumer Efc, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Elvira Ruiz Resa y asistida por el letrado don David Fernández Parras, contra doña Lilia Elisabeth García Yugcha y doña Maysa Alexandra García Yugcha, declaradas en rebeldía procesal:

1.o Condeno a la parte demandada a abonar a la actora la suma de 12.732,36 euros como principal, condenándose asimismo a la demandada, desde la fecha de demanda, al abono de los intereses legales de la misma, tras sentencia, incrementados en dos puntos, hasta el pago total.

2.o Condeno a la demandada al abono de las costas.

Notifíquese a las partes en legal forma la presente resolución, haciendo saber que la misma es susceptible de ser recurrida en apelación a conocer por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid dentro de los veinte días siguientes a la constancia de su conocimiento, debiendo acreditar al presentar el escrito haber ingresado en la Cuenta de consignaciones de este Juzgado (2686 de “Banesto”) y en la cuenta expediente correspondiente al procedimiento, la suma de 50 euros (especificando en el campo “concepto” del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02), sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 Ley Enjuiciamiento Civil y Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985).

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos y se conservará su original en el libro oportuno, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dichas demandadas, doña Lilia Elisabeth García Yugcha y doña Mayda Alexandra García Yugcha en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Leganés, a 12 de febrero de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/7.011/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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