Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160225-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

97
Madrid número 5. Procedimiento 1.126 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.126 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Eduardo Torres Yagual y don Luis Enrique Torres Yagual, frente a don Óscar Jorge Cañamares y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 22 de 2016

En nombre del Rey.—En Madrid, a 21 de diciembre de 2015.

Vistos por la ilustrísima señora doña Ángela Mostajo Veiga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de Madrid, los presentes autos número 1.126 de 2014, sobre cantidad, siendo partes en los mismos: de una, y como demandantes, don Jorge Eduardo Torres Yagual y don Luis Enrique Torres Yagual, asistidos por el letrado don José Antonio Ruano García, y de otra, como demandado, don Óscar Jorge Cañamares, que no comparece.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Jorge Eduardo Torres Yagual y don Luis Enrique Torres Yagual, contra don Óscar Jorge Cañamares, debo condenar a la empresa a que abone a los trabajadores las siguientes sumas:

A don Jorge Eduardo Torres Yagual: 763,35 euros.

A don Luis Enrique Torres Yagual: 477,08 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de su fecha por la ilustrísima magistrada-juez doña Ángela Mostajo Veiga que la suscribe, en la Sala de audiencias de este Juzgado.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Óscar Jorge Cañamares, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de enero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/4.429/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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