Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
23-02-2016

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160223-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 3

70
Alcobendas número 3. Procedimiento 1.730 de 2014

EDICTO

Hace saber: Se ha acordado notificar por medio de edictos la sentencia recaída en el procedimiento verbal número 1.730 de 2014, dictada por el magistrado-juez don Javier Martín-Borregón García de la Chica, con fecha 10 de noviembre de 2015, a instancias de “Golf La Moraleja, Sociedad Anónima”, contra “Iniciativas Glaciar, Sociedad Limitada”, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por “Golf La Moraleja, Sociedad Anónima”, y condeno a “Iniciativas Glaciar, Sociedad Limitada”, a que le abone la cantidad de 3.934 euros, más intereses al tipo legal desde el 30 de octubre de 2014.

Se condena en costas a la demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta 2347-0000-00-1730-14 de este órgano.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Iniciativas Glaciar, Sociedad Limitada” y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Alcobendas, a 19 de noviembre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/5.258/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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