Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
19-12-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151219-22

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

22
Madrid número 20. Procedimiento 821 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 821 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosa María Jiménez Cintas, frente a doña Mercedes Sánchez García, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda de resolución de contrato y de despido formulada por doña Rosa María Jiménez Cintas, contra doña Mercedes Sánchez García y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte actora y extinguida la relación laboral, condenando a la demandada a que le abone la suma de 25.229,86 euros en concepto de indemnización.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial habrá de estar y pasar por esta declaración.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Mercedes Sánchez García, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.059/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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