Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
19-12-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151219-12

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

12
Madrid número 5. Procedimiento 477 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 477 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Raquel Sánchez García, frente a doña Juana María Cabrera Pérez, Fondo de Garantía Salarial y “New Coach Touring, Sociedad Limitada”, sobre monitorio, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 24 de junio de 2015.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Tener por no satisfechas la totalidad de las cantidades reclamadas por doña Raquel Sánchez García, frente a “New Coach Touring, Sociedad Limitada”, doña Juana María Cabrera Pérez y Fondo de Garantía Salarial, por importe de 2.449,65 euros, por impago de las mismas, sin perjuicio del derecho que asiste a la parte actora de presentar demanda en el plazo de cuatro días desde el siguiente a la notificación de la presente resolución.

2. Tener por terminado el presente proceso monitorio y proceder a su archivo.

3. Librar certificación de esta resolución y llevar su original al libro de resoluciones definitivas.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “New Coach Touring, Sociedad Limitada”, y doña Juana María Cabrera Pérez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.052/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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