Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
19-12-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151219-10

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

10
Madrid número 4. Ejecución 165 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 165 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nuria Rodríguez Pavón, frente a don Andrés Henche Rubio, don Javier Henche Rubio y “Gestmant Henches Servicios, Sociedad Limitada Laboral”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 19 de noviembre de 2015.

La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que en fecha 18 de noviembre de 2015 ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por doña Nuria Rodríguez Pavón solicitando la ejecución del acta de conciliación, frente a don Andrés Henche Rubio, don Javier Henche Rubio y “Gestmant Henches Servicios, Sociedad Limitada Laboral”; asimismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 19 de noviembre de 2015.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución del acta de conciliación a favor de la parte ejecutante doña Nuria Rodríguez Pavón, frente a los demandados don Andrés Henche Rubio, don Javier Henche Rubio y “Gestmant Henches Servicios, Sociedad Limitada Laboral”, parte ejecutada, por un principal de 12.000,00 euros, más 1.200,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2502/0000/64/0165/15.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Isabel Saiz Areses.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Javier Henche Rubio, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/34.909/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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