Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
17-12-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151217-243

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

243
Madrid número 34. Procedimiento 183 de 2014-01

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Benítez Benítez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 183 de 2014-01 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Alberto Ortega Pérez, frente a doña María Paz Pérez Arias, sobre cuenta de abogado, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 29 de diciembre de 2014.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que se ha presentado escrito en fecha 18 de junio de 2014 en la Delegación del Decanato por don José Alberto Ortega Pérez que ha sido remitido a este Juzgado por tratarse de reclamación de honorarios referida al procedimiento número 666 de 2013 de este órgano judicial.—Doy fe.

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Miguel Ángel Izquierdo Luengo.—En Madrid, a 29 de diciembre de 2014.

Visto el contenido del anterior escrito sobre reclamación de honorarios, fórmese el oportuno procedimiento y regístrese en el libro correspondiente. Conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, requiérase a doña María Paz Pérez Arias para que en el término de diez días ingrese en la cuenta de este Juzgado número 2807/0000/68/0183/14 la cantidad a que dicho escrito se refiere en concepto de honorarios profesionales (242,00 euros), o bien impugne los mismos por indebidos o por excesivos. Advirtiéndose de que si dentro del citado plazo no se ingresa la cantidad ni se impugnan los honorarios, se sigurá por la vía de apremio contra sus bienes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña María Paz Pérez Arias, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de noviembre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/34.571/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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