Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
16-12-2015

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151216-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ÁLAMO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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El Álamo. Régimen económico. Ordenanza fiscal impuesto vehículos de tracción mecánica

Al no haberse presentado alegaciones durante su período de exposición pública, efectuada mediante anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 258, de 30 de octubre de 2015, resulta elevado automáticamente a definitivo el expediente para la “Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica”, dando nueva redacción al artículo 5.1 (cuota tributaria).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publica su contenido íntegro:

Art. 5. Cuota tributaria.—1. Las cuotas del Ayuntamiento de El Álamo serán las fijadas en el apartado 1 del artículo 95 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, mediante la aplicación sobre ellas el coeficiente 2, del modo siguiente:



La presente modificación de la ordenanza fiscal entrará en vigor el día 1 de enero de 2016.

Contra el acuerdo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estima conveniente.

El Álamo, a 15 de diciembre de 2015.—La alcaldesa, Natalia Quintana Serrano.

(03/36.478/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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