Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
16-12-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151216-134

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 13

134
Málaga número 13. Ejecución 97 de 2015

EDICTO

Doña Clara López Calvo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 13 de Málaga.

Hace saber: Que en la ejecución número 97 de 2015 seguida en este Juzgado, a instancias de don Juan José Florido Tineo, contra “Asebanc Inversores, Sociedad Limitada”, se han dictado auto y diligencia de ordenación de fecha 16 de noviembre de 2015, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que ligaba a las parte, con obligación de la empresa condenada “Asebanc Inversores, Sociedad Limitada”, de indemnizar a don Juan José Florido Tineo en la cantidad de 1.978,52 euros.

Asimismo, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a don Juan José Florido Tineo los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de esta resolución, cifrados en la suma de 16.547,58 euros, y que le abone, asimismo, la cantidad adeudada de 2.824,80 euros reflejada en el ordinal fáctico segundo de la sentencia dictada en fecha 28 de abril de 2015 en los autos número 104 de 2015.

Por tanto, se despacha ejecución a favor de don Juan José Florido Tineo, contra “Asebanc Inversores, Sociedad Limitada”, en cantidad suficiente para cubrir la suma de 21.350,90 euros en concepto de principal, más 3.416,14 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo social, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Francisco José Trujillo Calvo, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 de Málaga.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña Clara López Calvo.—En Málaga, a 16 de noviembre de 2015.

A la vista de que el Juzgado de lo social número 12 de Madrid ha declarado la insolvencia provisional de “Asebanc Inversores, Sociedad Limitada”, mediante resolución dictada en el procedimiento número 88 de 2014 que se sigue en el mismo (publicado edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 16 de octubre de 2014) y de que el Juzgado de lo social número 6 de Madrid ha declarado la insolvencia provisional de “Asebanc Inversores, Sociedad Limitada”, mediante resolución dictada en el procedimiento número 52 de 2015 que se sigue en el mismo (publicado edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 22 de junio de 2015), dese traslado al Fondo de Garantía Salarial y a la parte ejecutante a fin de que en el término de diez días hábiles insten lo que a su derecho convenga, conforme a lo dispuesto en el artículo 276 de la Ley 36/2001, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y ello previo al dictado de decreto de insolvencia de la ejecutada “Asebanc Inversores, Sociedad Limitada”, en la presente ejecución.

Encontrándose en paradero desconocido la ejecutada “Asebanc Inversores, Sociedad Limitada”, expídase edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, librándose el correspondiente oficio.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer, ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Asebanc Inversores, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o de decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelve un incidente, o cuando se trate de emplazamiento.

En Málaga, a 16 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.464/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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