Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
16-12-2015

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151216-58

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE VELASCO

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Torrejón de Velasco. Régimen económico. Notificación expedientes sancionadores

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual de las resoluciones, por infracción a la ordenanza municipal de tráfico, circulación y seguridad vial de Torrejón de Velasco, se procede a notificar mediante edicto el extracto del contenido de los actos que se relacionan en el anexo I.

De conformidad con el artículo 61 de la citada LRJPAC, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos del interesado, se comunica que las personas que se relacionan a continuación habrán de personarse, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos en nuestro ordenamiento jurídico, en el plazo de quince días, a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en las dependencias administrativas del Departamento de Infracciones y Sanciones del Ayuntamiento de Torrejón de Velasco, situado en la plaza España, número 1, 28990 Torrejón de Velasco, en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes, excepto festivos, al objeto de conocer el contenido íntegro del actos y dejar constancia del mismo. En caso de no comparecencia en el plazo previsto, la notificación de la resolución surtirá todos los efectos legales a partir del día siguiente a su vencimiento.



Los interesados podrán durante el plazo de quince días, a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio:

1. Presentar las alegaciones, mediante escrito que podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la LRJPAC, y de no hacerlo el acuerdo de iniciación podrá considerarse propuesta de resolución.

2. Reconocer voluntariamente su responsabilidad, resolviéndose sin más trámite.



Contra la expresada resolución que pone fin a la vía administrativa puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el alcalde-presidente, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel no sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. La interposición del recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado.

El importe de la sanción podrá hacerse efectivo mediante ingreso que deberá retirar en el Departamento de Rentas, sito en plaza España, número 1, de Torrejón de Velasco.

En Torrejón de Velasco, a 4 de noviembre de 2015.—El alcalde-presidente, Esteban Bravo Fernández.

(02/5.686/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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