Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
16-12-2015

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151216-53

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PATONES

RÉGIMEN ECONÓMICO

53
Patones. Régimen económico. Ordenanza precio público control aparcamiento

A los efectos de lo previsto en los artículos 15 y concordantes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública al acuerdo de aprobación provisional de creación de la ordenanza del precio público para el servicio de controladores de aparcamiento en Patones de Arriba, se hacen pública dicha ordenanza:

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO O LA REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE CONTROL APARCAMIENTO PATONES DE ARRIBA

Artículo 1. Fundamento Legal.—En uso de las atribuciones conferidas en los artículos 41 al 47 y 127 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el precio público por la prestación del servicio o la realización de la actividad controladores tráfico Patones de Arriba.

Art. 2. Nacimiento de la obligación.—La obligación de pagar el precio público nace desde que se inicie la prestación del servicio o la realización de la actividad, si bien la Corporación podrá exigir el depósito previo de su importe total o parcial, conforme al artículo 46 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Art. 3. Obligados al Pago.—Estarán obligados al pago del precio público quienes se beneficien de los servicios o actividades por los que deban satisfacerse aquel.

Art. 4. Cuantía.—La cuantía de los derechos a percibir por el precio público será la siguiente:

— Categoría 1.a: 130 euros ´ 3 establecimientos, 390 euros/mes.

— Categoría 2.a: 90 euros ´ 3 establecimientos, 270 euros/mes.

— Categoría 3.a ´ 4 establecimientos, 200 euros/mes.

— Categoría 4.a ´ 6 establecimientos, 150 euros/mes.

— Total: 1.110 euros/mes.

Art. 5. Cobro.—La obligación de pagar el precio público nace desde que se inicia la prestación del servicio o la realización de la actividad.

Cuando por causas no imputables al obligado al pago del precio, el servicio o la actividad no se preste o desarrolle, procederá a la devolución del importe correspondiente.

Las deudas por precios públicos se exigirán por el procedimiento de apremio.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Las cuantías del precio público reguladas en la presente ordenanza se gravarán con el IVA correspondiente, en su caso.

DISPOSICIÓN FINAL

El acuerdo de establecimiento de este precio público fue adoptado y su ordenanza fue aprobada definitivamente por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 30 de septiembre de 2015, y comenzará a regir a partir del día siguiente a su publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y seguirá en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación expresa por el Ayuntamiento.

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Patones, a 3 de diciembre de 2015.—El alcalde-presidente, Óscar Sanz García.

(03/35.426/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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