Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
15-12-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151215-57

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

57
Madrid número 5. Procedimiento 757 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 757 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Jesús Gallego Lázaro, frente a administrador concursal don Pedro Andrés Rebollo, “Capacitación e Integración, Sociedad Limitada, ETT”, Fondo de Garantía Salarial y “Grupo Forte Restauración, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 19 de octubre de 2015.

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 19 de octubre de 2015 en los términos siguientes:

Con carácter previo la parte actora desiste de la demanda frente a la empresa “Capacitación e Integración, Sociedad Limitada, ETT”, siguiéndose la demanda únicamente contra “Grupo Forte Restauración, Sociedad Limitada”.

La empresa demandada reconoce la improcedencia del despido con fecha de efectos 1 de junio de 2015, y ofrece como indemnización la cantidad de 8.553,28 euros netos, de los cuales 7.053,28 euros han sido percibidos por la actora con anterioridad, y los restantes 1.500 euros se abonan en este acto mediante cheque nominativo del “Banco de Sabadell Atlántico”, número 3.123.630/64200/0 que se entrega a la trabajadora y del que se deja copia en las actuaciones.

La trabajadora acepta, y con el percibo de dicha cantidad se da por saldada y finiquitada de la relación laboral, sin tener más que reclamar.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2503/0000/61/0757/15.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Capacitación e Integración, Sociedad Limitada, ETT”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de noviembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/34.277/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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